Reglamento general de inspección del trabajo y aplicación de sanciones

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas531-556
REGLAMENTO GENERAL
DE INSPECCION DEL TRABAJO
Y APLICACION DE SANCIONES
REGIAS–DISPOSICIONES GENERALES
TITULO I
De las Disposiciones Generales
CAPITULO UNICO
Del Ambito de Aplicación y Principios Generales
Ambito de aplicación y objeto del Reglamento
1o.- El presente ordenamiento rige en todo el territorio nacional y tiene
por objeto reglamentar la Ley Federal del Trabajo,en relación con el proce-
dimiento para promover y vigilar el cumplimiento de la legislación laboral y
la aplicación de sanciones por violaciones a la misma en los centros de tra-
bajo.Su aplicación corresponde tanto a la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, como a las autoridades de las entidades federativas en el ámbito de
sus respectivas competencias.
Aplicación de leyes supletorias
Las disposiciones conducentes de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo y las leyes que regulen el procedimiento administrativo de
las entidades federativas, se aplicarán a los procedimientos previstos en
este Reglamento.
Definición de conceptos
2o.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
I. Autoridad del Trabajo:Las dependencias o unidades administrativas,
federales, estatales o del Distrito Federal, que cuentan con facultades para
vigilarel cumplimiento de la legislación laboral y aplicar las sanciones en los
casos que procedan;
II. Centro de Trabajo:Todoaquel lugar, cualquiera que sea su denomina-
ción, en el que se realicen actividades de producción, distribución de bie-
nes o prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén suje-
tas a una relación de trabajo, en términos del Apartado “A” del artículo 123
III. Inspección: Acto de la Autoridad del Trabajocompetente mediante el
cualserealizalapromociónylavigilanciadelcumplimientoalalegislacn
laboral,o bien se asiste y asesora a los trabajadores y patrones en el cumpli-
miento de la misma. Su desahogo se realiza de manera presencial en el
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Centrode Trabajo, a través de los servidores públicos facultados y autoriza-
dos para ello, o bien, mediante el uso de las tecnologías de la información,
requerimientos documentales y análogos;
IV.Inspector del Trabajo: El servidor público designado por la Autoridad
del Trabajo para practicar visitas en los Centros de Trabajo;
VI.Mecanismos Alternos a la Inspección: LosesquemasquelasAutori
-
dades del Trabajoponen a disposición de los patrones para que informen o
acrediten el cumplimiento de la normatividad laboral, incluidos los utiliza-
dosporlosorganismosprivadosparalaevaluacióndelaconformidad,de
-
bidamente acreditados y aprobados, así como las acciones de concerta-
ción y colaboración a través de convenios;
VII. Normas Oficiales Mexicanas: Lasrelacionadasconlamateriade
Seguridad y Salud en el Trabajo,expedidas por la Secretaría u otras depen-
denciasde la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto en la
VIII. Peligro o Riesgo Inminente: Aquel que tiene una alta probabilidad
de materializarse en un futuro inmediato y supone un daño para la seguri-
dad y salud o la pérdida de la vida de los trabajadores, o provocar daños
gravesal Centrode Trabajo, que se genera por la correlación directa de alta
peligrosidad de un agente físico, químico, biológico o condición física, por
exposición con los trabajadores;
IX. Programas de Inspección: Documentos que describen las acciones
encaminadas a planear,organizar y controlar la promoción, aplicación y vi-
gilanciadel cumplimiento de la legislación laboral con base al capital huma-
no, recursos presupuestarios y materiales con los que cuenta la Autoridad
del Trabajo. Incluye, entre otros elementos, el protocolo o lineamiento de
Inspección, los criterios rectores, así como los plazos y metas;
X. Secretaría: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
XI. Seguridad y Salud en el Trabajo:Todos aquellos aspectos relaciona-
dos con la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, y que
están referidos en otros ordenamientos a materias tales como: seguridad e
higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud; seguridad, salud
y medio ambiente de trabajo; seguridad, higiene y medio ambiente de tra-
bajo.
Convenios de coordinación entre la STPS y los gobiernos estatales
3o.- LaSecretaría, los gobiernos de los estados y del Distrito Federal, po-
drán celebrar convenios para establecer la coordinación, auxilio y unifica-
ción de criterios, programas, sistemas y procedimientos de Inspección y
aplicaciónde sanciones que permitan la adecuada vigilancia y cumplimien-
to de los preceptos jurídicos en materia de trabajo.
Obligaciones de las autoridades del trabajo de las entidades federa-
tivas
LasAutoridades del Trabajo de las entidades federativas, remitirán a la Se-
cretaríala documentación y las actas en las que se hagan constar presuntas
violaciones a la legislación laboral, cuando corresponda a las autoridades
federales conocer de dichos asuntos, en términos de las disposiciones le-
gales aplicables.
3o.- REGIAS–DISPOSICIONES GENERALES 532

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