Procedimiento de huelga

AutorEdiciones Fiscales ISEF
Páginas307-315
307
LEY FEDERAL DEL TRABAJO/PROCEDIMIENTO... 919-920
de trabajo de la empresa o establecimiento, sin que en ningún caso
pueda reducir los derechos mínimos consignados en las leyes.
CAPITULO XX
PROCEDIMIENTO DE HUELGA
REQUISITOS A CUMPLIR Y FORMA DE INICIAR EL PROCEDI-
MIENTO DE HUELGA
ARTICULO 920. El procedimiento de huelga se iniciará mediante
la presentación del pliego de peticiones, que deberá reunir los requi-
sitos siguientes:
I. Se dirigirá por escrito al patrón y en él se formularán las peticio-
nes, anunciarán el propósito de ir a la huelga si no son satisfechas,
expresarán concretamente el objeto de la misma y señalarán el día y
hora en que se suspenderán las labores, o el término de prehuelga;
II. Se presentará por duplicado al Tribunal competente. Si la em-
presa o establecimiento están ubicados en lugar distinto al en que
resida el Tribunal, el escrito podrá presentarse al órgano jurisdiccio-
nal más próximo o a la autoridad política de mayor jerarquía del lugar
de ubicación de la empresa o establecimiento. El órgano o autoridad
que haga el emplazamiento remitirá el expediente, dentro de las vein-
ticuatro horas siguientes, al Tribunal competente; y le avisará telefóni-
camente, o por cualquier medio electrónico;
III. El aviso para la suspensión de las labores deberá darse, por lo
menos, con seis días de anticipación a la fecha señalada para sus-
pender el trabajo y con diez días de anticipación cuando se trate de
servicios públicos, observándose las disposiciones legales de esta
Ley. El término se contará a partir del día y hora en que el patrón
quede notificado;
IV. Cuando el procedimiento de huelga tenga por objeto obtener
del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo
en términos del artículo 450, fracción II de esta Ley, se deberá ane-
xar al emplazamiento a huelga la Constancia de Representatividad
expedida por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral,
conforme al procedimiento establecido en el artículo 390 Bis;
V. Cuando el procedimiento de huelga tenga por objeto obtener
del patrón o patrones la celebración del contrato-ley en términos de
la fracción III del artículo 450 de esta Ley, se deberá anexar al em-
plazamiento a huelga la Constancia de Representatividad, expedida
por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o deberá de
mencionarse que se tiene celebrado contrato colectivo de trabajo en
la empresa, señalando el número o folio de su registro ante el Centro
Federal de Conciliación y Registro Laboral; y
VI. Cuando el procedimiento de huelga tenga por objeto los con-
templados en las fracciones I, IV, V, VI o VII del artículo 450 de esta
Ley, así como el previsto en la fracción II de dicho artículo en lo que
se refiere a la revisión contractual, para acreditar que el sindicato em-
plazante es el titular del contrato colectivo de trabajo o el administra-
dor del contrato ley, se deberá anexar al emplazamiento a huelga el

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