De la Fusión, Transformación y Escisión de las Sociedades

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas273-275
Registro en el libro de aumentos o disminuciones del capital so-
cial
219.- Todoaumento o disminución del capital social deberá inscribir-
se en un libro de registro que al efecto llevará la sociedad.
Notificación a la sociedad del retiro parcial o total de aportacio-
nes
220.- El retiro parcial o total de aportaciones de un socio deberá noti-
ficarse a la sociedad de manera fehaciente y no surtirá efectos sino
hasta el fin del ejercicio anual en curso, si la notificación se hace antes
del último trimestre de dicho ejercicio, y hasta el fin del ejercicio siguien-
te, si se hiciere después.
Impedimento para ejercitar el derecho de separación
221.- No podrá ejercitarse el derecho de separación cuando tenga
como consecuencia reducir a menos del mínimo el capital social.
LGSM–FUSION, TRANSFORMACION Y ESCISION
CAPITULO IX
De la Fusión, Transformación y Escisión
de las Sociedades
Decisión sobre la fusión de sociedades
222.- La fusión de varias sociedades deberá ser decidida por cada una
de ellas, en la forma y términos que correspondan según su naturaleza.
Inscripción y publicación de los acuerdos sobre fusión de socie-
dades
223.- Los acuerdos sobre fusión se inscribirán en el Registro Público
de Comercio y se publicarán en el Periódico Oficial del domicilio de las
sociedades que hayan de fusionarse. Cada sociedad deberá publicar
su último balance, y aquélla o aquéllas que dejen de existir,deberá pu-
blicar,adem ás, el sistema establecido para la extinción de su pasivo.
Plazo para que la fusión surta efectos
224.- La fusión no podrá tener efecto sino tres meses después deha-
berse efectuado la inscripción prevenida en el artículo anterior.
Oposición de terceros ante la fusión
Durante dicho plazo, cualquier acreedor de las sociedades que se fu-
sionan, podrá oponerse judicialmente en la vía sumaria, a la fusión, la
que se suspenderá hasta que cause ejecutoria la sentencia que declare
que la oposición es infundada.
Transcurridoel plazo señalado sin que se haya formulado oposición,
podrállevarse a cabo la fusión, y la sociedad que subsista o la que resul-
te de la fusión, tomará a su cargo los derechos y las obligaciones de las
sociedades extinguidas.
273 LGSM–FUSION, TRANSFORMACION Y ESCISION 219.-

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