De la estructura orgánica y funcional del instituto nacional de las mujeres

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XIX. Participar y organizar reuniones y eventos para el intercambio
de experiencias e información tanto de carácter nacional como inter-
nacional sobre los temas de las mujeres;
XX. Promover, difundir y publicar obras relacionadas con las ma-
terias objeto de esta Ley;
XXI. Promover las aportaciones de recursos provenientes de de-
pendencias e instituciones públicas; organizaciones privadas y so-
ciales; organismos internacionales y regionales; gobiernos de otros
países y particulares interesados en apoyar el logro de la equidad de
género;
XXII. Impulsar la cooperación nacional e internacional, para el
apoyo financiero y técnico en la materia de equidad de género, de
conformidad con las disposiciones aplicables;
XXIII. Emitir informes de evaluación periódica para dar cuenta de
resultados en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y políticas
del Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Dis-
criminación contra las Mujeres;
XXIV. Actualizar periódicamente el diagnóstico sobre la situación
de las mujeres, en relación con los avances del Programa y la opera-
tividad del mismo; y
XXV. Las demás que le señale el Estatuto Orgánico del Instituto.
ARTICULO 8. Las oficinas centrales del Instituto Nacional de las
Mujeres tendrán su domicilio legal en la Ciudad de México, Distrito
Federal.
ARTICULO 9. El Instituto Nacional de las Mujeres se integrará con
una Junta de Gobierno, una Presidencia, una Secretaría Ejecutiva y
las estructuras administrativas que establezca su Estatuto Orgánico.
Asimismo, contará con dos órganos auxiliares de carácter honorífico,
que serán: el Consejo Consultivo y el Consejo Social.
CAPITULO II
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONAL DEL INS-
TITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
ARTICULO 10. El Instituto contará con los siguientes órganos de
administración:
I. La Junta de Gobierno;
II. La Presidencia;
III. La Secretaría Ejecutiva;
IV. El Consejo Consultivo;
V. El Consejo Social; y
VI. La Contraloría Interna.
La Presidencia y la Secretaría Ejecutiva contarán con las estruc-
turas administrativas que se establezcan en el Estatuto Orgánico del
Instituto.

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