Decreto por el que se Otorga un Estímulo Fiscal en Materia deDeducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para las Micro y Pequeñas Empresas

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EDICIONES FISCALES ISEF
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DECRETO POR EL QUE SE OTORGA UN ES-
TIMULO FISCAL EN MATERIA DE DEDUCCION
INMEDIATA DE BIENES NUEVOS DE ACTIVO FIJO
PARA LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS V
Publicado en el D.O.F. del 18 de enero de 2017
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexi-
canos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, frac-
ción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Admi-
nistración Pública Federal, y 39, fracción III del Código Fiscal de la
Federación, y
CONSIDERANDO
Que para los ejercicios fiscales 2016 y 2017 se les otorgó un estí-
mulo fiscal a los contribuyentes que tributen en términos de los Títu-
los II o IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta,
que hubieran obtenido ingresos propios de su actividad empresarial
en el ejercicio inmediato anterior de hasta 100 millones de pesos,
consistente en efectuar la deducción inmediata de la inversión de
bienes nuevos de activo fijo, en lugar de las previstas en los artículos
34 y 35 de la citada Ley, derivado del reconocimiento y la importancia
que estas empresas tienen en la generación de empleos, así como
para impulsar su competitividad y facilitar su inserción como provee-
dores de las cadenas productivas;
Que resulta necesario dar continuidad y, en consecuencia, fomen-
tar el mejoramiento de la competitividad de este tipo de empresas,
por lo que el Ejecutivo Federal a mi cargo estima conveniente man-
tener los beneficios fiscales que les han sido otorgados, como es el
caso de la deducción inmediata;
Que al tratarse de empresas que en nuestro país generan 7 de
cada 10 puestos de trabajo de acuerdo con cifras proporcionadas
por los Censos Económicos que publica el Instituto Nacional de Esta-
dística y Geografía, se estima conveniente que las citadas empresas
apliquen los porcentajes de deducción previstos en el presente De-
creto, a efecto de garantizar la continuidad de las actividades de las
mismas en un entorno competitivo a través de una mayor flexibilidad
en su esquema tributario; y
Que de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, el
Ejecutivo Federal tiene la facultad de otorgar estímulos fiscales, he
tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTICULO PRIMERO. Los contribuyentes que tributen en los
términos de los Títulos II o IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del Im-
puesto Sobre la Renta, que hayan obtenido ingresos propios de su
actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior hasta por 100
millones de pesos, podrán optar por efectuar la deducción inmediata
de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en el ejercicio en el

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