Acuerdo ACDO.AS1 .HCT.280218/43.P.DPES, por el que se autoriza dentro de la estrategia IMSS digital, el desarrollo y uso del componente de pensiones denominado Mi Pensión Digital

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas753-755

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(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2018)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- México.- Gobierno de la República.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 28 de febrero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS1 .HCT.280218/43.RDPES, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8o., 9o., 251, fracciones I, II, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones lll, VIII, XIVy XVII, de la Ley del Seguro Social; 5o. y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 35 y 69-C, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7o. y 9o., de la Ley de Firma Electrónica Avanzada; 31, fracciones II y IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la persona Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mediante oficios 88 y 89 de fechas 16 y 20 de febrero de 2018, respectivamente, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 7 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar dentro de la estrategia IMSS Digital' el desarrollo y uso del componente de pensiones denominado 'Mi Pensión Digital', el cual considera dos elementos: 1. El desarrollo de servicios digitales que comprende la confronta de datos personales registrados en el Instituto contra los registrados en las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro. 2. El desarrollo de un aplicativo con el cual: a) el asegurado previo a la presentación de su trámite de solicitud de pensión, podrá conocer a través de internet sus datos afilia-torios y personales, los de sus beneficiarios asociados registrados ante el Instituto, así como conocer el cálculo estimado de su pensión tomando como base la información de semanas de cotización reconocidas, el salario base de cotización registrado, el tipo de pensión y régimen solicitado, lo cual permitirá que el asegurado tenga certeza de la información que, en su

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caso, se tomará en cuenta para el otorgamiento de su pensión. Asimismo, este servicio digital podrá ser usado por los beneficiarios de los asegurados o pensionados, para conocer los datos personales y el cálculo estimativo de las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según se trate. También, el asegurado o sus...

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