Procedimientos iniciales al ejercicio

AutorCornelio Rico Arvizu
Páginas209-277
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Establecidos todos los cruces, conciliaciones y ajustes mencionados, se procede a
realizar el cierre contable y presupuestal, se determina el ahorro/desahorro contable
y el superávit/déficit presupuestal; ahora se prepara para iniciar un nuevo ejercicio
contable/presupuestal.
Para esto es necesario tomar ciertas previsiones en la parte patrimonial y en la par-
te presupuestal de ingresos y egresos; así que se muestran temas relevantes para
asegurar una mejor interpretación de información con base en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG), Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios (LDF) y los Acuerdos del Consejo Nacional
de Armonización Contable (CONAC).
1. Procedimientos contables
1.1 Saldos iniciales
Para tener un registro inicial, la contabilidad patrimonial comienza con los “saldos
iniciales”, asiento de apertura, arrastre de saldos, cambio de ejercicio, etc.; que como
cualquier contabilidad tradicional se toma el saldo del año pasado, es decir el “saldo
final” anterior y se reconoce el efecto del cierre contable con la determinación del
“ahorro/desahorro”.
El “saldo final” es la suma aritmética del saldo inicial de las cuentas más los car-
gos de las cuentas menos los abonos de las cuentas, pero ¿qué son las cuentas? La
LGCG, en su artículo 4, establece que las cuentas se entenderán como:
Artículo 4.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:
[…]
VII. Cuentas contables: las cuentas necesarias para el registro contable de las
operaciones presupuestarias y contables, clasificadas en activo, pasivo y hacien-
da pública o patrimonio, y de resultados de los entes públicos;
VIII. Cuentas presupuestarias: las cuentas que conforman los clasificadores de
ingresos y gastos públicos;…
Entonces las cuentas contables son los activos, pasivos, patrimonio y cuentas de
resultados; razón por la cual en el CONAC emitió el Manual de Contabilidad
Gubernamental en el DOF el 22 de noviembre de 2010, ahí se codificó a las cuentas
contables:
1 Activo: Recursos controlados por un ente público, identificados, cuantifica-
dos en términos monetarios y de los que se esperan, beneficios económicos
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Cierre contable y presupuestal de la contabilidad gubernamental
y sociales futuros, derivados de operaciones ocurridas en el pasado, que han
afectado económicamente a dicho ente público.
2 Pasivo: Obligaciones presentes del ente público, virtualmente ineludibles,
identificadas, cuantificadas en términos monetarios y que representan una dis-
minución futura de beneficios económicos, derivadas de operaciones ocurridas
en el pasado que le han afectado económicamente.
3 Hacienda Pública/Patrimonio: Representa la diferencia del activo y pasivo
del ente público. Incluye el resultado de la gestión de ejercicios anteriores.
4 Ingresos y Otros Beneficios: Representa el importe de los ingresos y otros
beneficios del ente público provenientes de los ingresos de gestión, participa-
ciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas y
otros ingresos.
5 Gastos y Otras Perdidas: Representa el importe de los gastos y otras pérdidas
del ente público, incurridos por gastos de funcionamiento, intereses, transfe-
rencias, participaciones y aportaciones otorgadas, otras pérdidas de la gestión y
extraordinarias, entre otras.
7 Cuentas de Orden Contables: Registran eventos, que, si bien no represen-
tan hechos económico-financieros que alteren el patrimonio y por lo tanto
los resultados del ente público, informan sobre circunstancias contingentes o
eventuales de importancia respecto de éste, que en determinadas condiciones,
pueden producir efectos patrimoniales en el mismo.
La clasificación de las cuentas contables tiene una finalidad según el artículo 2 de
LGCG:
Artículo 2.- Los entes públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para
facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos
y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e
ingresos públicos, la administración de la deuda pública, incluyendo las obliga-
ciones contingentes y el patrimonio del Estado.
Los entes públicos deberán seguir las mejores prácticas contables nacionales
e internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de
recursos, análisis y fiscalización.
Entonces en la contabilidad patrimonial se utiliza una cédula de manera tradicional,
una “balanza de comprobación”.
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Procedimientos iniciales al ejercicio
Nombre del Ente Público
Balanza de Comprobación
Al 31 de diciembre de 20XN
Cuenta Nombre SI Debe Haber SF
1XXXX Activo 50,000 140,000 90,000 100,000
2XXXX Pasivo (10,000) 10,000 20,000 (20,000)
3XXXX Hacienda Pública/Patrimonio (40,000) 030,000 (70,000)
4XXXX Ingresos y Otros Beneficios 0 0 90,000 (90,000)
5XXXX Gastos y Otras Pérdidas 080,000 080,000
7XXXX Cuentas de Orden Contables
Deudoras
100 0 0 100
7XXXX Cuentas de Orden Contables
Acreedoras
(100) 0 0 (100)
Total 0230,000 230,000 0
Después del procedimiento de cierre, para el asiento de apertura y su registro en el
Libro Diario (LD) como sigue:

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