Obligaciones de los contribuyentes
Autor | José Rico Munguia |
Páginas | 161-167 |
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Como se mencionó, la estructura de la LIVA se divide en seis grandes bloques:
• Disposiciones generales (Capítulo I)
• Actos o actividades que generan IVA (Capítulos II, III, IV, V y VI)
• Obligaciones de los contribuyentes (Capítulo VII)
• Facultades de las autoridades fiscales (Capítulo VIII)
• Participación de las entidades federativas (Capítulo IX)
• Disposiciones transitorias
Al respecto, las disposiciones generales (capítulo I) contienen diversas obligaciones independientes de las señaladas en el capítulo VII.
A las obligaciones establecidas en las disposiciones generales les he llamado "obligaciones primarias" y a las contenidas en el capítulo VII "obligaciones secundarias" para una mejor distinción y comprensión.
Con el objetivo de no transcribir la totalidad de "obligaciones primarias" a continuación se menciona el artículo de la LIVA y de manera inmediata cuál es la obligación general establecida.
Artículo 1.
- Obligación de pagar IVA, cuándo se realizan determinados actos o actividades en México.
- Obligación de calcular el IVA aplicando la tasa del 16%.
- Obligación de trasladar el IVA de forma expresa y por separado.
- Obligación de pagar el IVA en oficinas autorizadas. Artículo 1-A.
- Obligación de retener IVA. Artículo 1-B.
- Obligación de considerar que se reciben las contraprestaciones al transmitir documentos pendientes de cobro.
- Obligaciones de control para quienes optan por considerar que reciben las contraprestaciones hasta que se cobren los documentos.
Artículo 2-A.
- Obligación de aplicar la tasa del 0% de IVA en determinadas enajenaciones y prestaciones de servicios independientes.
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Artículo 3.
- Obligación de aceptar la traslación del IVA y en su caso pagarlo y trasladarlo.
- Obligaciones de la Federación y organismos descentralizados de retener IVA.
Artículo 5.
- Obligación de considerar que el IVA es acreditable cuando se cumplen determinados requisitos.
- Obligación de identificar el IVA con actos o actividades gravados y con aquellos por los que no se paga el impuesto.
- Obligación de presentar determinada información cuando se tienen actos o actividades gravados con IVA y otros que no, y se solicita un saldo a favor de dicho impuesto.
- Obligación de calcular en el mes 12 la proporción que representan los actos o actividades gravados con IVA respecto del total.
- Obligación de regresar devoluciones de IVA cuando concluye el periodo preopera-tivo y no se realizan actos o actividades gravadas.
- Obligación de calcular el factor de actualización conforme al CFF.
Artículo 5-A.
- Obligación de ajustar la proporción de IVA acreditable cuando existe una variación mayor al 3%.
- Obligación de aplicar el procedimiento por 12 meses respecto del periodo en el cual se efectuaron las deducciones en ISR.
Artículo 5-B.
- Obligación de reintegrar el IVA cuando disminuye la proporción de la opción elegida.
- Obligación de aplicar la opción elegida para todas las erogaciones por adquirir bienes, servicios o usarlos o gozarlos temporalmente.
Artículo 5-C.
- Obligación de no incluir determinados conceptos al determinar la proporción elegida.
- Obligación para contribuyentes del sistema financiero de no realizar la exclusión de los conceptos señalados.
Artículo 5-D.
- Obligación de pagar el IVA de forma mensual.
- Obligación de pagar el IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
- Obligación de pagar el IVA conjuntamente con el IGI.
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Artículo 5-E.
- Obligación de calcular y pagar el IVA de forma bimestral.
- Obligación de registrar en medios o sistemas electrónicos, ingresos, egresos, inversiones y deducciones en lugar de llevar contabilidad.
Artículo 5-F.
- Obligación de...
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