Facultad de la autoridad fiscal
Autor | José Rico Munguia |
Páginas | 171-172 |
Page 171
La LIVA contiene un capítulo de facultades de las autoridades fiscales, el cual contiene dos artículos derogados y uno con texto vigente como se transcribe a continuación:
Artículo 38. (Se deroga).
Artículo 39. Al importe de la determinación presuntiva del valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, se aplicará la tasa del impuesto que corresponda conforme a la misma, y el resultado se reducirá' con las cantidades acreditables que se comprueben.
Artículo 40. (Se deroga).
Básicamente el artículo 39 establece que por los actos determinados, presuntamente, se aplica la tasa que corresponda en términos de la LIVA.103
Por otra parte, dicha facultad de la autoridad fiscal permite disminuir el IVA determinado con base en los actos o actividades presuntos, con el impuesto que resulte acre-ditable y pueda comprobarse por parte de los contribuyentes.
Es importante considerar que dicho acreditamiento implica cumplir con la totalidad de requisitos establecidos en la LIVA.
Page 172
FACULTAD DE LA AUTORIDAD FISCAL
Cuadro resumen
Cuestionario 11
-
Mencione las facultades de la autoridad fiscal establecidas en la LIVA.
Notas:
_______________________
_______________________
_______________________
-------------------------------
[103] Es importante que el lector revise las facultades establecidas en el CFF de las autoridades fiscales, donde se menciona cómo se determinan los actos o actividades de manera presunta.
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