Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Marzo de 1999 (Tesis num. 2a./J. 11/99 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-03-1999 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 194455 |
Número de resolución | 2a./J. 11/99 |
Fecha de publicación | 01 Marzo 1999 |
Fecha | 01 Marzo 1999 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; IX, Marzo de 1999; Pág. 240 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa |
El examen de la evolución histórica y la interpretación sistemática de los diversos textos que ha tenido el artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, a partir del año de mil novecientos ochenta y ocho, que determina la procedencia del recurso de revisión fiscal, revela que tratándose de las hipótesis específicas de procedencia que establece en las fracciones III, IV y V de su texto vigente a partir del 1o. de enero de 1997, no se requiere la reunión de los requisitos de cuantía y razonada importancia y trascendencia, que están señalados en las fracciones I y II del mismo artículo 248, prueba de este aserto es que la parte final del párrafo primero del mismo precepto legal señala: "siempre que se refiera a cualquiera de los siguientes supuestos", expresión que en su sentido se encuentra determinada por el término "cualquiera" que según la gramática castellana es un pronombre indeterminado que denota una persona indeterminada "alguno, sea el que fuere", lo que otorga individualidad a cada una de las hipótesis que en sus cinco fracciones prevé el citado artículo. Por consiguiente, tratándose de la fracción III del artículo 248, la procedencia del recurso de revisión fiscal se encuentra determinada por la naturaleza u origen de la resolución que haya sido materia de examen en la resolución o sentencia definitiva impugnada, que debe ser una resolución emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por autoridades fiscales de las entidades federativas coordinadas en ingresos federales, requisito con el que sólo converge el relativo al plazo legal de interposición del recurso.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 23/98. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 8 de enero de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretario: A.C.G..
Tesis de jurisprudencia 11/99. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión pública del ocho de enero de mil novecientos noventa y nueve.
Nota: La Segunda Sala al resolver la solicitud de modificación de jurisprudencia 5/2008-SS, determinó abandonar los criterios contenidos en esta tesis y en la tesis 2a./J. 12/99, según se desprende de las tesis que aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., enero de 2009, página 669, de rubros: "REVISIÓN FISCAL. EL ARTÍCULO 248, FRACCIÓN III, INCISO E), DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, ESTABLECE UN PRESUPUESTO DE PROCEDENCIA DEL RECURSO, SIEMPRE Y CUANDO SE RELACIONE CON ALGÚN OTRO DE LOS PREVISTOS EN LOS DIVERSOS INCISOS DE DICHA FRACCIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2005)." y "REVISIÓN FISCAL. EL SUPUESTO DE PROCEDENCIA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 248, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, SE REFIERE AL ORIGEN Y A LA NATURALEZA FISCAL DEL ASUNTO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2005)."
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-11-2008 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 106/2008-SS)
...los agravios que se hagan valer, y no al discernir sobre la procedencia del recurso.” De la indicada ejecutoria derivó la jurisprudencia 2a./J. 11/99, que señala: “REVISIÓN FISCAL. PROCEDE, CONFORME AL ARTÍCULO 248, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-11-2008 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 126/2008-SS)
...nulidad fue emitida por una unidad administrativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; al caso es aplicable, la jurisprudencia 2a./J. 11/99, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 240, Tomo IX, Marzo de 1999, Novena Épo......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-08-2014 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 224/2014)
...EN EL LEGISLADOR ORDINARIO LA FACULTAD DE DETERMINAR LAS HIPÓTESIS DE SU PROCEDENCIA, SIN MATICES SELECTIVOS. (Se transcribe).” Tesis: 2a./J. 11/99 REVISIÓN FISCAL. PROCEDE, CONFORME AL ARTÍCULO 248, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 1997......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-09-2008 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 81/2008-SS )
...treinta y uno de diciembre de dos mil. Ahora bien, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 11/99, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo IX, Marzo de 1999, página 240, interpretó el artículo 248, fracción III......
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...Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la contradicción de tesis 23/98, de donde derivó la jurisprudencia 2a./J. 11/99, de rubro: REVISIÓN FISCAL. PROCEDE, CONFORME AL ARTÍCULO 248, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ......
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Medios de Defensa
...175/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del cinco de noviembre de dos mil ocho. La tesis 2a./J. 11/99 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 240. La ejecutoria rela......