Ingresos acumulables

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas80-81

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Las instituciones educativas residentes en el país, acumularán la totalidad de los ingresos que perciban en:

  1. Efectivo.

    2. Bienes.

    3. Servicios.

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    4. Crédito.

    5. Cualquier otro tipo.

    6. Los provenientes de sus establecimientos en el extranjero.

    Las instituciones educativas que perciban ingresos por la prestación de servicios personales independientes, acumularán dichos ingresos en el momento en que se cobre el precio o la contraprestación pactada.

    Al respecto, es importante conocer en qué casos se considera que una institución educativa percibe ingresos por la prestación de servicios personales independientes. En la LISR no se define el concepto de prestación de servicios personales independientes, sin embargo, para efectos de la LIVA, se considera prestación de servicios independientes, entre otra:

  2. La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes.

    2. El transporte de personas o bienes.

    3. Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no esté considerada por la LIVA como enajenación o uso o goce temporal de bienes.

    Se entenderá que la prestación de servicios independientes tiene la característica de personal, cuando se trate de las actividades mencionadas que no tengan la naturaleza de actividad empresarial.

    Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por actividades empresariales, entre otras, las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter.

    El CCOM indica que, entre otros, son actos de comercio, los siguientes:

  3. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados.

    2. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial.

    3. Las empresas de transportes de personas o cosas, por tierra o por agua.

    De lo anterior se concluye que los servicios de enseñanza tienen la naturaleza de prestación de servicios personales independientes, por lo que los ingresos derivados de dichos servicios se acumularán en el...

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