Del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia
Autor | Pérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo |
Páginas | 394-396 |
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LOPJ-PERSONAL DEL TRIBUNAL
Servidores y empleados del Tribunal considerados de confianza
240.- Serán considerados de confianza los servidores y empleados del Tribunal Electoral adscritos a las oficinas de los magistrados y aquellos que tengan la misma categoría o una similar a las señaladas en los artículos 180 y 181 de esta ley, respectivamente. Todos los demás serán considerados de base.
Sustanciación de conflictos laborales entre el Tribunal y su personal
241.- La Comisión Sustanciadora en los conflictos laborales se integrará por un representante de la Sala Superior, quien la presidirá, otro de la Comisión de Administración y un tercero nombrado por el Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación. Para el nombramiento del representante de la Comisión de Administración emitirán su opinión los representantes de la Sala Superior y del Sindicato. En la sustanciación y resolución de los conflictos laborales entre el Tribunal y sus servidores y empleados se seguirá en lo conducente, lo establecido en los artículos 152 a 161 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional. Para estos efectos, se entenderá que las facultades del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación corresponden a la Sala Superior y las del presidente de la Suprema Corte al presidente del Tribunal.
Los servidores del Tribunal que sean destituidos podrán apelar tal decisión ante la Sala Superior del mismo.
LOPJ-FONDO DE APOYO
TITULO XII
Del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia
CAPITULO I
De la Organización
Fondo económico de auxilio para el PJF
242.- El Poder Judicial de la Federación se auxiliará para el mejor desempeño de sus funciones de un fondo económico para el mejoramiento de la administración de justicia y administrar los recursos financieros que integren el mismo.
Sección VIII
Del Personal del Tribunal Electoral
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395 LOPJ-INTEGRACION DEL FONDO 243.-
LOPJ-INTEGRACION DEL FONDO
Recursos que integran el Fondo de Apoyo a la Admón. de Justicia
243.- El patrimonio del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia se integra con:
I. Las donaciones o aportaciones hechas a su favor por terceros;
II. Los ingresos provenientes de la enajenación de inmuebles en tér-minos de lo dispuesto por el artículo 23, fracción II, de la Ley General de...
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