De la Responsabilidad

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas350-354
LOPJ-RESPONSABILIDAD
TITULO VIII
De la Responsabilidad
Privación a ministros de la SCJN y miembros del CJF de su
cargo. Disposiciones aplicables
129.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia y los miembros
del Consejo de la Judicatura Federal sólo podrán ser privados de sus
puestosen la forma y términos que determina el título cuarto de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tambiénse procederá en los términos del párrafo anterior cuando los
propios servidores públicos violen las prohibiciones previstas en el ar-
tículo 101 constitucional, imponiéndose además como sanción la pér-
didade las prestaciones y beneficios que les correspondan y las señala-
das por la comisión de delitos contra la administración de la justicia.
Ministros, magistrados y jueces. Interpretación de preceptos en
caso de cohecho o mala fe
130.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados
de circuito y los jueces de distrito, serán responsables al establecer o
fijar la interpretación de los preceptos constitucionales en las resolucio-
nes que dicten, cuando se compruebe que hubo cohecho o mala fe.
Causas de responsabilidad de servidores del PJF
131.- Serán causas de responsabilidad para los servidores públicos
del Poder Judicial de la Federación:
I. Realizar conductas que atenten contra la independencia de la fun-
ción judicial, tales como aceptar o ejercer consignas, presiones, encar-
goso comisiones, o cualquier acción que genere o implique subordina-
ción respecto de alguna persona, del mismo u otro poder;
II. Inmiscuirse indebidamente en cuestiones del orden jurisdiccional
que competan a otros órganos del Poder Judicial de la Federación;
III.Tener una notoria ineptitud o descuido en el desempeño de las fun-
ciones o labores que deban realizar;
IV.Impedir en los procedimientos judiciales que las partes ejerzan los
derechos que legalmente les correspondan en los procedimientos;
V. Conocer de algún asunto o participar en algún acto para el cual se
encuentren impedidos;
VI. Realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringien-
do las disposiciones generales correspondientes;
VII.No poner en conocimiento del Consejo d e la Judicatura Federalcual-
quier acto tendiente a vulnerar la independencia de la función judicial;
VIII. No preservar la dignidad, imparcialidad y profesionalismo pro-
pios de la función judicial en el desempeño de sus labores;
IX. Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de
su conocimiento;
X. Abandonar la residencia del tribunal de circuito o juzgado de distri-
to al que esté adscrito, o dejar de desempeñar las funciones o las labo-
res que tenga a su cargo;
129.- LOPJ-RESPONSABILIDAD 350

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