Disposiciones generales

Páginas906-909
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confie-
re el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto en la Ley Ge-
neral de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por
los artículos 27, 30 Bis, 32, 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Adminis-
tración Pública Federal; 1 y 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría
y artículos 1, 2, 7, 9 y 27 de la Ley de Asistencia Social, he tenido a
bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ACCE-
SO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE
VIOLENCIA
TITULO PRIMERO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. Este ordenamiento tiene por objeto reglamentar
Vida Libre de Violencia, en lo relativo al Poder Ejecutivo Federal, y
las bases de coordinación entre éste, las entidades federativas y los
municipios, necesarias para su ejecución.
(R) ARTICULO 2. Para los efectos del presente Reglamento,
además de las definiciones contenidas en el artículo 5 de la Ley,
se entiende por:
I. Banco Nacional: Banco Nacional de Datos e Información so-
bre Casos de Violencia contra las Mujeres;
II. Comisión Nacional: Comisión Nacional para Prevenir y Erra-
dicar la Violencia contra las Mujeres, órgano administrativo des-
concentrado de la Secretaría de Gobernación;
III. Diagnóstico Nacional: estudio con Perspectiva de Género
sobre los tipos y Modalidades de Violencia contra las Mujeres y
niñas a nivel nacional, a fin de obtener información objetiva para
la elaboración de políticas gubernamentales en materia de pre-
vención, atención, sanción y erradicación de la Violencia contra
las Mujeres;
IV. Dignidad: valor, principio y derecho fundamental base
y condición de todos los demás. Implica la comprensión de la
persona como titular y sujeto de derechos y a no ser objeto de
violencia o arbitrariedades por parte del Estado o de los particu-
lares;
V. Eje de Acción: conjunto de estrategias transversales basa-
dos en principios rectores con Perspectiva de Género y de Dere-
chos Humanos de las Mujeres que se llevan a cabo para aplicar

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR