Conclusiones y recomendaciones

AutorAlejandro Ponce Rivera/Alejandro Ponce Rivera y Chávez
Cargo del AutorLicenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM/Licenciado en Derecho
Páginas109-110
CUENTAS BANCARIAS PERSONALES
109
CAPITULO V
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
1. CONCLUSIONES
Todas las personas económicamente activas, que tienen
bienes y manejan dinero, estén o no inscritas en el RFC, es-
tán bajo la mira y el radar de las autoridades fiscales, quienes
tienen plenas facultades legales para revisarlas y, en su caso,
determinarles y cobrarles créditos fiscales e, incluso, para
formular en su contra denuncia o querella por la probable
comisión de delitos fiscales o de lavado de dinero.
Es falso que las leyes fiscales sólo sigan gravando cada
vez más a los contribuyentes inscritos en el RFC o “cautivos”,
ya que actualmente las autoridades fiscales pueden ejercer
sus facultades de comprobación, determinar créditos fiscales
y formular denuncias o querellas por la probable comisión
de delitos, contra cualquier persona que evada impuestos o
que maneje bienes o dinero producto de la evasión fiscal,
independientemente de que esté o no inscrita en el RFC, por
lo que puede afirmarse que actualmente la base de contribu-
yentes en México incluye al 100% de contribuyentes, pues
comprende tanto a los inscritos como a los no inscritos en el
RFC.
A los contribuyentes inscritos en el RFC que evaden im-
puestos, y a las personas no inscritas en el RFC que manejan
bienes y dinero producto de la evasión fiscal, las autoridades
fiscales las vigilan estrechamente en sus gastos, por lo que
es importante que todos conozcamos los actuales métodos

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