Título Cuarto del Reglamentos de la Ley del Seguro Social

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín - Eladio Campero Guerrero✝
Páginas649-653

Page 649

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

SUJETOS DE INCORPORACION AL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA

95.- Se podrán incorporar al Seguro de Salud para la Famil ia, todas aquellas personas que no sean sujetas a un régimen obligatorio en algún sistema de seguridad social. Para efectos de este seguro, además del sujeto de aseguramiento, deberá asegurarse cuando menos una de las perso-Page 650nas a que se refieren las fracciones III a IX del artículo 84 de la Ley, sin considerar los requisitos de convivencia, dependencia económica y comprobación de estudios, o un familiar adicional.

PERSONAS CONSIDERADAS COMO FAMILIARES ADICIONALES

96.- Se considerarán como familiares adicionales, para efectos del artículo 242 de la Ley, así como para los de este Reglamento, los abuelos, nietos, hermanos, primos, hijos de los hermanos y hermanos de los padres del sujeto de aseguramiento.

Para los efectos del párrafo final del artículo 242 de la Ley a los familiares adicionales se les considerará como parte de la familia del sujeto de aseguramiento.

CONDICIONES DE INCORPORACION DE PERSONAS QUE CARECEN DE FAMILIA

97.- El Instituto podrá incorporar al régimen del Seguro de Salud para la Familia, en condiciones iguales a las de los familiares adicionales, a una sola persona, cuando ésta manifiesta bajo protesta de decir verdad que carece de familia, sin que opere para ello lo establecido en el último párrafo del artículo 242 de la Ley.

NECESIDAD DE SOMETERSE A EXAMENES MEDICOS

98.- Los sujetos de aseguramiento señalados en este Título, se someterán a los exámenes y estudios que el Instituto determine para constatar su estado de salud.

REQUISITADO DE CUESTIONARIOS MEDICOS

En todos los casos y previamente al aseguramiento, los sujetos de aseguramiento y sus familiares deberán llenar y firmar individualmente el cuestionario médico que para tal efecto les será proporcionado por el Instituto, a excepción de los casos en que el sujeto de aseguramiento labore en el extranjero, en cuyo caso se llenará un cuestionario médico familiar. Tratándose de menores de edad o, en su caso, de incapacitados, el llenado y firma del cuestionario estará a cargo de quien ejerza la patria potestad o la tute la.

RESTRICCIONES, TIEMPOS DE ESPERA Y SERVICIOS QUE NO CUBRE EL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA

99.- Son aplicables al seguro a que se refiere este Título, las disposiciones contenidas en los artículos 82, 83, 84 y 85 de este Reglamento.

CAPÍTULO II De la Incorporación e Inicio de Servicios

MODALIDADES DE LA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR