Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Julio de 1997 (Tesis num. P. CXVIII/97 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-1997 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 198206 |
Número de resolución | P. CXVIII/97 |
Fecha de publicación | 01 Julio 1997 |
Fecha | 01 Julio 1997 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; VI, Julio de 1997; Pág. 13 |
Emisor | Pleno |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal |
El artículo 4o. de la Ley de Expropiación, aplicable en materia federal, establece que la declaratoria respectiva se publicará en el Diario Oficial de la Federación, notificándose personalmente a los interesados, y que en "caso de ignorarse el domicilio de éstos, surtirá efectos de notificación personal una segunda publicación del acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.". Conforme a este precepto legal, es necesario que se ignore el domicilio de los afectados para que la segunda publicación del acuerdo expropiatorio surta efectos de notificación personal. Por tanto, no basta la afirmación de las autoridades respecto a la ignorancia del domicilio, sino que es necesario que acrediten la imposibilidad real de localizar el domicilio para que surta efectos de notificación personal la segunda publicación de referencia, a través de las constancias relativas de las diligencias efectuadas para tal fin.
Amparo en revisión 2241/93. R.M.. 3 de abril de 1997. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: J.V.A.A. y J.V.C. y C.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: S.E.A.P..
Amparo en revisión 1260/92. Y.M.L. y otros. 27 de febrero de 1997. Mayoría de seis votos; unanimidad en relación con el criterio contenido en esta tesis. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.E.F.M.G.P..
Amparo en revisión 1565/94. Inmuebles Pridi, S.A. 25 de febrero de 1997. Mayoría de seis votos; unanimidad en relación con el criterio contenido en esta tesis. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.E.F.M.G.P..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el primero de julio en curso, aprobó, con el número CXVIII/97, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a primero de julio de mil novecientos noventa y siete.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-02-2007 (AMPARO EN REVISIÓN 48/2007)
...publicación del decreto expropiatorio pueda surtir efectos de notificación personal, como lo determinó el Tribunal Pleno, en la tesis P. CXVIII/97, que es aplicable al caso por igualdad de “EXPROPIACIÓN. LEY APLICABLE EN MATERIA FEDERAL. PARA QUE LA SEGUNDA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO RELATIVO ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-08-2004 (AMPARO EN REVISIÓN 976/2004)
...que a la letra dice: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VI, julio de 1997 Tesis: P. CXVIII/97 Página: "EXPROPIACIÓN. LEY APLICABLE EN MATERIA "FEDERAL. PARA QUE LA SEGUNDA "PUBLICACIÓN DEL ACUERDO RELATIVO EN EL "DIARIO OFICIAL DE LA ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-03-2008 (INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 109/2008)
...por lo que es claro que estaba en posibilidad de emplear otros medios para investigar su domicilio. --- Apoya lo anterior, la tesis P. CXVIII/97, sustentada por el Pleno de nuestro Máximo Tribunal, consultable en la página 13, del Tomo VI, julio de 1997, del Semanario Judicial de la Federac......
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Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 54 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))
...M.E.F.M.G.P.. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., julio de 1997, página 13, Pleno, tesis P. CXVIII/97....