Del Servicio Profesional de Carrera Policial

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas637-639
LPF-DELPERSONAL ACTIVO
CAPITULO III
DelPersonalActivo
Relación entre Policía Federal y su personal. Régimen y separa-
ción o remoción de integrantes
14.- La relación entre la Policía Federal y su personal se regulará por
lo dispuesto en el apartado B, del artículo 123 Constitucional, la presen-
te ley y las demás disposiciones aplicables.
Los integrantes podrán ser separados de su cargo si no cumplen con
los requisitos que esta ley señala para permanecer en la institución, o re-
movidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funcio-
nes, sin que proceda su reinstalación o restitución, cualquiera que sea el
juicio o medio de defensa para combatir la separación o la remoción.
Si la autoridad jurisdiccional resuelve que la separación, remoción, baja,
cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, la
Secretaría sólo estará obligada a pagar la indemnización y demás presta-
ciones señaladas en la resolución respectiva, sin que en ningún caso pro-
ceda su reincorporación o reinstalación a la Policía Federal.
Actuación de miembros de la policía. Principios
15.- La actuación de los miembros de la Policía Federal se sujetará,
invariablemente, a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos recono-
cidos en la Constitución.
LPF-SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
CAPITULO IV
Del Servicio Profesional de Carrera Policial
Carrera policial. Elementos que comprende y normas que la regirán
16.- La carrera policial comprende el grado policial, la antigüedad,
las insignias, condecoraciones, estímulos y reconocimientos obteni-
dos, el resultado de los procesos de promoción, así como el registro de
las correcciones disciplinarias y sanciones que, en su caso, haya acu-
mulado el integrante. Se regirá por las normas siguientes:
I. La PolicíaFederal deberá consultar los antecedentes de los aspiran-
tes en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública antes de
queseautoricesuingresoalamisma;
II. Todoaspirante deberá tramitar, obtener y mantener actualizado el
Certificado Unico Policial, que expedirá el Centro de Control de Con-
fianza, conformeal protocolo aprobado por el Centro Nacional de Acre-
ditación y Control de Confianza;
III. NingunapersonapodráingresaralaPolicíaFederalsinohasido
debidamente certificada e inscrita en el Registro Nacional de Personal
de Seguridad Pública;
IV.Sólo ingresarán y permanecerán en la Policía Federal aquellos as-
pirantes e integrantes que cursen y aprueben los programas de forma-
ción, capacitación y profesionalización;
637 LPF-DEL PERSONAL ACTIVO 14.-

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