Sección de Avisos

54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 6 de agosto de 2019

SECCIÓN DE AVISOS CABLE Z, S.A.

CONVOCATORIA

Con fundamento en los artículos 179, 180, 182, 183, 186, 187 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como en las cláusulas 7ª y 8ª y demás aplicables de los estatutos sociales en vigor de la sociedad, se convoca por PRIMERA vez a los accionistas de la sociedad CABLE Z, S.A., a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas que tendrá verificativo el próximo jueves 15 de agosto de 2019, a las 12:00 horas, en las oficinas ubicadas en Av. Baja California 281, 6º piso, Col. Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtemoc, CP. 06170, en la Ciudad de México, dentro del domicilio social de la sociedad, en la cual se tratarán los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DIA

Asuntos de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas

  1. Lista de asistencia, nombramiento de escrutador, verificación de Quórum legal y, en su caso, declaratoria de la instalación de la Asamblea.

  2. Presentación y en su caso, aprobación de los Informes del Administrador Único a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y de los Estados Financieros de la sociedad, relativos a los Ejercicios Sociales terminados los días 31 de diciembre de los años 1993 a 2018, previo dictamen del Comisario, en términos del artículo 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como aprobación de las actividades llevadas a cabo por los principales funcionarios de la sociedad.

  3. Renuncia, revocación, nombramiento o ratificación del Administrador Único o en su caso, designación de Consejo de Administración, así como del Comisario de la sociedad y determinación de emolumentos.

  4. Aprobación, ratificación y/o convalidación de diversas transmisiones de acciones de la sociedad y ratificación de la composición accionaria resultante.

  5. Actualización y/o regularización y/o en su caso, Apertura de los libros corporativos de la sociedad.

    Asuntos de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas

  6. Reforma de los Estatutos Sociales de la Sociedad.

  7. Asuntos generales.

  8. Clausura de la Asamblea, redacción del Acta y designación de los Delegados Especiales que darán cumplimiento a los acuerdos tomados en la presente Asamblea

    Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa a los accionistas de la sociedad que los Informes del Administrador Único a que se refiere el Artículo 172 de la mencionada Ley, relativos a los Ejercicios Sociales terminados los días 31 de diciembre de los años 1993 a 2018 se encuentran a su disposición en las oficinas de la sociedad.

    Para asistir a la Asamblea, los accionistas deberán cumplir con los requisitos que al efecto establecen los estatutos sociales en vigor de la sociedad.

    Ciudad de México a 22 de julio de 2019.

    (Firma)

    Sr. Daniel Carlos Cázares Álvarez Administrador Único

    E D I C T O S

    "EL PODER JUDICIAL DE LA CDMX ÓRGANO DEMOCRÁTICO DE GOBIERNO"

    EDICTO

    PARA LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS EN EL JUICIO DE EXTINCION DE DOMINIO.

    Juzgado.-Cuarto de lo Civil.

    SECRETARIA "A".

    EXP. No. 556/2019.

    En cumplimiento a lo ordenado en proveído de cuatro de junio del año en curso, relativo al juicio de EXTINCIÓN DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO en contra JAVIER CORTES SALINAS Y ESTHER GUADALUPE VÁZQUEZ BAEZA expediente 556/2019, se ordenó publicar por edictos el siguiente proveído:

    En la Ciudad de México a cuatro de junio de dos mil diecinueve.

    Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, se forma expediente y se registra como corresponde en el Libro de Gobierno de este Juzgado, bajo el número de expediente 556/2019. Se ordena guardar los documentos exhibidos como base de la acción en el Seguro del Juzgado. Se tiene por presentada a la Licenciada GLORIA VAZQUEZ MUÑOZ, en su calidad de Agente del Ministerio Público Especializado en el procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal hoy Ciudad de México, y en representación del Gobierno del Distrito Federal hoy Ciudad de México, personalidad que se reconoce en términos del nombramiento que acompaña al presente escrito, emitido por el C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal hoy Ciudad de México, y con la constancia de acreditación de especialización en el procedimiento de extinción de dominio que exhibe, mismos que en copia certificada se acompañan, y se ordenan agregar a los autos para que obren como corresponda; se le tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, teniéndose por autorizados con la misma calidad de Agentes del Ministerio Público Especializado en el procedimiento de extinción de dominio a los Profesionistas que menciona, los que acreditan su personalidad en términos de los mismos documentos con los que la promovente acredita su personería, asimismo se le tiene autorizando en términos del artículo 112 párrafo cuarto del Código de Procedimientos Civiles, a los profesionistas que menciona. Con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5, 22, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 y demás relativos y aplicables de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal hoy Ciudad de México; 1, 2 4, 20, 24 25, 30, 35, 38 del Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal hoy Ciudad de México, 114, 116, 117, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Especial citada, y conforme al artículo 3 Fracción II del mismo ordenamiento, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en contra de JAVIER CORTES SALINAS Y ESTHER GUADAUPE VAZQUEZ BAEZA en su carácter de parte afectada respecto del inmueble ubicado en DEPARTAMENTO 001, PLANTA BAJA DEL EDIFICIO 80, DE LA UNIDAD HABITACIONAL MANUEL RIVERA ANAYA CROC 1, COLONIA EL ROSARIO INFONAVIT, EN LA DELEGACION AZCAPOTZALCO, CODIGO POSTAL 02100 DE ESTA CIUDA DE MEXICO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NUMERO 800725-01, EL UBICADO EN CONJUNTO HABITACIONAL EL ROSARIO CROC-1, RÉGIMEN 25, EDIFICIO NO. 80 DEPTO. 001, TIPO A, COLONIA EL ROSARIO, DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

    Acción que se ejercita en base al evento típico derivado de las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que se acompañan de la Carpeta de Investigación CI-FCIN/AOP/UI1 C/D/00021/03-2017 que se funda en los razonamientos, hechos y pruebas que se expresan en la demanda; en consecuencia, con las copias simples de traslado que se acompañan y de los anexos exhibidos, por medio de NOTIFICACIÓN PERSONAL, se ordena EMPLAZAR a JAVIER CORTES SALINAS Y ESTHER GUADALUPE VÁZQUEZ BAEZA en su calidad de parte afectada y al INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) en su carácter de TERCERO LLAMADO A JUICIO, para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día hábil siguiente a su emplazamiento, comparezcan por escrito, a manifestar lo que a su derecho convenga, así

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    como para que en su caso opongan excepciones y defensas, ofrezcan las pruebas conducentes que acrediten su dicho, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio, apercibido que, de no comparecer a este juicio y de no ofrecer pruebas en el término concedido, precluirá su derecho con fundamento en el artículo 40 Fracción V de la Ley de Extinción de Dominio. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 en relación con la Fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces de tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como en el periódico El Sol de México llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida tramitación, dentro del término de TRES DÍAS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 Fracción IV del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, de aplicación supletoria al Procedimiento de Extinción de Dominio, atento a lo dispuesto por la Fracción II del artículo 3 de esta ley. Por lo que respecta a las pruebas ofrecidas en el escrito de cuenta, de conformidad con el artículo 40, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, así como de los artículos 289, 290, 291 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, son de admitirse las probanzas ofrecidas por la ocursante:

    Consistente en las Documentales Públicas marcadas con los numerales I, II, VII y VIII ; las confesionales marcadas con los números III y IV, y en preparación de la mismas mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL, CÍTESELE a los afectados JAVIER CORTES SALINAS Y ESTHER GUADALUPE VÁZQUEZ BAEZA, para que comparezcan personalmente y no por conducto de representante el día y hora que se señale para la audiencia de ley, apercibido que de no comparecer sin justa causa se le declarara confeso de las posiciones que sean calificadas de legales; la ratificación marcada con los números V, VI y IX para su debido desahogo, cítese a los C.C. RODRIGO JAVIER COCINA ALARCÓN, OSCAR MONTEBELLO GUEVARA, GUSTAVO CARMONA PIÑA Y JESÚS ISRAEL RIVERA GONZÁLEZ, por conducto de...

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