El orden público

AutorAngel Juárez Cacho
Páginas73-79



  1. El Orden Público

  2. EL ORDEN PUBLICO

El orden público representa el aspecto central y más sólido y perdurable, del orden social. Es el conjunto de aquellas esencias y valores de la convivencia que una sociedad considera como fundamentales de las relaciones humanas y "no negociables". Se le considera sinónimo de convivencia ordenada, segura, pacífica y equilibrada. Es objeto de una fuerte reglamentación legal, para su tutela preventiva, contextual, sucesiva o represiva.

En el Derecho Constitucional se le considera como el límite para el ejercicio de los derechos individuales y sociales. En el Derecho Privado, es el límite para la autonomía negociadora de las partes. En el Derecho Internacional Privado, es el límite para la aplicación de la norma extranjera, que no resulta aplicable si afecta el orden público del país de aplicación. El Derecho Internacional Público también considera la existencia de un orden público internacional, formado por los principios constitucionales de la comunidad de naciones; es considerado el límite de la actividad contractual y de la práctica consuetudinaria interestatal. (Néstor Raúl Correa Henao. Abogado Constitucional. Asesor de la Fundación Friedrich Ebert de Colombia, FESCOL.)

El orden público, por su parte, es una noción material que consiste en la existencia de condiciones propicias, para la convivencia tranquila y normal de la sociedad civil.

  1. Origen histórico del concepto de orden publico

    Sobre el concepto de orden público existe un origen histórico remoto: Fue tomado del derecho romano, que a su vez lo tomo de las civitas griegas, que recibieron la influencia del código de Hamurabi, derecho babilónico, hebreo y egipcio. Pero del mas acabado derecho romano pasa al código de Napoleón; Ya bien desarrollado en el continente europeo, influye directamente en Latinoamérica. La cultura jurídica

    contemporánea le está dando importancia, sobre todo en estudios de derechos humanos, ecología, salud, y seguridad pública.

    La dogmática jurídica precisa, que el concepto orden público, se refiere al conjunto de normas e instituciones que no pueden ser alterados por ningún individuo, es decir, no está bajo el imperio de la autonomía de la voluntad personal.

    Las normas de orden público, son esenciales para la conservación del bienestar social; que existen en interés a la sociedad, por oposición a las que se legislan para el interés individual. Se persigue una situación de coexistencia pacífica entre la población, se...

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