NIF B-12 Compensación de activos financieros y pasivos financieros

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Norma de Información Financiera B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

Introducción

Párrafos

IN1 Los párrafos 36 y 37 de la NIF A-7, Presentación y revelación, establecen el principio de cuándo procede la compensación de activos monetarios y pasivos monetarios de carácter financiero, indicando básicamente que es cuando existe el derecho y la intención de liquidar sobre una base compensada, de tal manera que se puedan evaluar los flujos de efectivo futuros.

IN2 En las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) las normas relativas a compensación se encuentran básicamente en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 32, Instrumentos Financieros: Presentación, en la cual se indican los principios relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros. Asimismo, en la NIIF 7, Instrumentos Financieros: Revelaciones, se encuentran las normas relativas a la revelación de la compensación de activos financieros y pasivos financieros.

IN3 Cabe destacar que las condiciones para efectuar una compensación establecidas por las

NIIF son más exigentes que las establecidas en normas de los Estados Unidos de América (los US GAAP). El CINIF analizó la razón de las diferencias y concluyó que la posición de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 32 está mejor fundamentada y decidió seguir con la misma normativa.

Razones para emitir esta norma

IN4 El CINIF considera que es importante tener una norma particular sobre compensación de activos financieros y pasivos financieros. Esta norma corresponde a la Serie B de las NIF, Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto, pues afecta tanto a los activos financieros como a los pasivos financieros, que están tratados en diversas normas de la Serie C de las NIF, Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros.

IN5 Esta NIF B-12, Compensación de activos financieros y pasivos financieros, contiene las normas relativas a los derechos de compensación que deben considerarse para presentar por su monto compensado un activo financiero y un pasivo financiero en el estado de situación financiera, así como cuáles son las características que debe reunir la intención de efectuar la compensación, con base en el principio de que un activo financiero y un pasivo financiero deben presentarse por su monto compensado siempre y cuando el fiujo de efectivo futuro de su cobro o liquidación sea neto.

IN6 Asimismo, esta NIF incluye otros temas relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros, tales como la intención de cobro y liquidación simultánea de un activo financiero y un pasivo financiero, para su presentación compensada en el estado de situación financiera, los acuerdos bilaterales y multilaterales de compensación y el tratamiento de los colaterales.

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Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

IN7 Los párrafos 36 y 37 de la NIF A-7, establecen el principio de compensación de activos y pasivos; sin embargo, no indican que las partidas a compensar deben ser de carácter monetario, por lo que se hace la modificación correspondiente a la NIF A-7 mediante el párrafo 80.2 (transitorio) de esta NIF B-12. Asimismo, siendo lo indicado en la NIF A-7 un principio, éste no es suficientemente detallado, por lo cual se consideró necesario tener una NIF específica para tratar este concepto.

Bases del Marco Conceptual que se utilizaron para la elaboración de esta NIF

IN8 Esta NIF se basa en los párrafos 36 y 37 de la NIF A-7, que establecen el principio de compensación de activos y pasivos, de tal manera de que la información presentada en el estado de situación financiera sea consistente con los flujos de efectivo que se cobra-rán y/o liquidarán en el futuro. Aun cuando no se expresa explícitamente que son activos monetarios y pasivos monetarios, al indicar el párrafo 37 "...así como para evaluar los flujos de efectivo futuros de la entidad..." y que las partidas se liquidarán o se realizarán, se entiende que, implícitamente, se trata de partidas monetarias. Al respecto, el párrafo 80.2 de esta norma está modificando la NIF A-7, para que sea precisa en este aspecto.

IN9 Asimismo, el párrafo 36 sólo contempla la posibilidad de compensar partidas de tipo contractual, cuando existen otras partidas que deben reconocerse por su monto compensado en el estado de situación financiera, tales como las generadas por disposiciones legales, como, por ejemplo, las fiscales.

IN10 Por otra parte, el párrafo 36 señala que "...los activos y pasivos deben compensarse y su monto neto presentarse...", cuando el párrafo 37 señala que el término "neto" debe referirse a cuentas complementarias de activo, cuyo objetivo es presentar el monto ajustado del activo por incobrabilidad, obsolescencia, depreciación, amortización y otras circunstancias. Por lo tanto, se modifica la redacción de los párrafos 36 y 37 para que quede claro lo que es un monto neto y lo que es un monto compensado.

Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

IN11 La NIF B-12 converge con la NIC 32 y la NIIF 7, modificadas en diciembre de 2011 por el IASB sobre el tema de compensación de activos financieros y pasivos financieros.

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La NIF B-12, Compensación de activos financieros y pasivos financieros, está integrada por los capítulos 10 al 80, los cuales tienen el mismo carácter normativo y los Apéndices A al C, que no son normativos. La NIF B-12 debe aplicarse de forma integral y entenderse en conjunto con el Marco Conceptual establecido en la serie NIF A.

Norma de Información Financiera B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

10 Objetivo

10.1 El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas de presentación y revelación de la compensación de activos financieros y pasivos financieros, en el estado de situación financiera de una entidad económica.

20 Alcance

20.1 Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todos los activos financieros y pasivos financieros de entidades que emiten estados financieros en los términos establecidos en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

20.2 Las disposiciones de esta NIF no son aplicables a:

  1. partidas no monetarias en el estado de situación financiera que estén designadas para garantizar un pasivo, tales como inventarios o propiedades, planta y equipo; y

  2. activos monetarios y pasivos monetarios que no son financieros, al no haberse generado por un contrato, tal como los impuestos que se explican en el párrafo 20.3.

20.3 En la determinación de los impuestos por pagar o por recuperar, las disposiciones fiscales establecen una mecánica específica, tal como acreditar ciertas partidas por recuperar contra el monto a pagar, que debe considerarse en su reconocimiento. Esta no es una compensación de activos financieros y pasivos financieros y, por lo tanto, no está comprendida en el alcance de esta norma. Para los impuestos a la utilidad debe aplicarse la NIF D-4, Impuestos a la utilidad.

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20.4 Esta NIF no trata normas particulares de reconocimiento inicial y posterior, ni la valuación de los activos financieros y de los pasivos financieros a compensar, dado que esas disposiciones corresponden a otras NIF particulares.

30 Definición de términos

30.1 Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los siguientes significados:

  1. activo financiero - es un activo monetario que surge de un contrato, como cualquier activo representado por efectivo, equivalente de efectivo, instrumentos financieros, tales como: inversión en un instrumento financiero de deuda o de capital emitido por un tercero, un derecho contractual de recibir efectivo o cualquier instrumento financiero de otra entidad, un derecho contractual a intercambiar un activo financiero por otro con mayor valor o un pasivo financiero por otro con menor valor con un tercero en condiciones favorables para la entidad, ya sea en un mercado organizado o por las disposiciones que regulan el contrato del cual surge un instrumento financiero;

b) compensación - es la presentación de uno o más activos financieros y pasivos financieros como un solo monto compensado en el estado de situación financiera;

c) cuentas por cobrar - son derechos de cobro a favor de una entidad, que se originan por las actividades primarias que representan la principal fuente de ingresos de la entidad; también puede haber otras cuentas por cobrar, que son las que se originan por transacciones distintas a los ingresos por actividades primarias, tales como préstamos otorgados a empleados, saldos de impuestos a favor, reclamaciones por siniestros y otras;

d) derecho de compensación - es el derecho de una entidad, como deudor contractual o de otro tipo, de pagar todo o una porción de un monto por pagar, aplicando contra dicho monto todo o una porción de un monto adeudado por el mismo acreedor, extinguiendo dicho monto o viceversa;

e) instrumento financiero - es cualquier derecho u obligación que surge de un contrato que dé origen, tanto a un activo financiero en una entidad como a un pasivo financiero o un instrumento financiero de capital en la...

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