Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 2008 (Tesis num. P./J. 44/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-2008 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro169427
Número de resoluciónP./J. 44/2008
Fecha de publicación01 Junio 2008
Fecha01 Junio 2008
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Junio de 2008; Pág. 720
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Financiero,Derecho Constitucional

El indicado precepto legal asocia el daño patrimonial causado del que debe responder el Estado a la conducta que no cumpla con las disposiciones legales y administrativas que deben observarse, lo que significa que no toma en cuenta la culpa o el dolo para determinar la responsabilidad patrimonial del Estado, sino el acto u omisión irregulares del Estado, al incumplir con la normatividad propia y las disposiciones administrativas que debe observar en sus actuaciones y que, como consecuencia de ello, haya causado el daño patrimonial al administrado, de lo que deriva que la inclusión de la conducta irregular como causa generadora de su responsabilidad patrimonial, coincide con el sentido de responsabilidad objetiva y directa contenida en el precepto constitucional citado.

PRECEDENTES:

Acción de inconstitucionalidad 4/2004. Diputados integrantes de la Tercera Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 7 de febrero de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente y Ponente: S.S.A.A.; en su ausencia hizo suyo el asunto M.A.G.. Secretario: E.D.D..

El Tribunal Pleno, el doce de mayo en curso, aprobó, con el número 44/2008, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a doce de mayo de dos mil ocho.

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