Instroducción

AutorCarmen Karina Tapia Iturriaga
Páginas15-18

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Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene por objeto establecer las normas para la determinación del valor razonable y su revelación, su entrada en vigor para entidades cuyos ejercicios se inicien a partir del 1º de enero de 2018, permitiéndose su aplicación anticipada.

El objetivo de esta NIF es establecer las normas para la determinación del valor razonable y su revelación.

El marco contable para la determinación del valor razonable descrito en esta NIF se debe aplicar en su reconocimiento inicial y posterior, o en su revelación si el valor razonable es requerido o permitido por otras NIF particulares; es decir, esta norma establece cómo debe determinarse y revelarse el valor razonable, pero no cuándo debe reconocerse o revelarse, ya que esto lo establecen otras normas particulares.

Esta NIF debe aplicarse cuando otra NIF particular requiera o permita valuaciones a valor razonable y/o revelaciones sobre el mismo (y determinaciones basadas en el valor razonable, tales como el valor razonable menos los costos de disposición).

Las NIF particulares donde se trata el valor razonable son:

NIF Nombre Efecto
B-2 Estado de lujos de efectivo En la presentación del efecto del valor razonable en el efectivo y equivalentes de efectivo.
B-3 Estado de resultado integral En la presentación de las ganancias o pérdidas por cambios del valor razonable de activos y pasivos financieros en el Resultado Integral de Financiamiento (RIF), las operaciones discontinuadas y en Otros Resultados Integrales (ORI).
B-7 Adquisiciones de negocios Al determinar el valor razonable de la contraprestación, de la contraprestación contingente, de los activos y pasivos del negocio adquirido y de la participación no controladora.

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B-8 Estados financieros consoli-dados o combinados Al determinar el valor razonable de las inversiones de las entidades de inversión y en el caso de pérdida de control cuando la inversión es clasificada para ines de nego-ciación.
B-10 Efectos de la inlación Al reexpresar un activo biológico.
B-12 Compensación de activos financieros y pasivos finan-cieros Al revelar el valor razonable de instrumen-tos financieros otorgados en colateral.
B-15 Conversión de monedas extranjeras Cuando al convertir de moneda de registro a moneda funcional se tienen partidas no monetarias a valor razonable se pide el uso de un tipo de cambio histórico de la fecha de valuación.
B-16 Estados financieros de enti-dades con
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