Incidentes y Recursos de Amparo

AutorÀngel Juarez Cacho
Páginas141-155
141
Nuevo Manual del Juicio de Amparo
Incidentes y Recursos de Amparo
Los Incidentes de Amparo
(Art. 66, 67, 68, 69, 70, 72, LA)
"Una cuestión técnica, no puede limitar la potestad de la Suprema
Corte, para analizar la constitucionalidad solicitada"
Jurisprudencia. Pleno. P./J. 26/2009. Contradicción de tesis 17/2007-PL.
Clases de incidentes
Los incidentes son los conflictos accesorios al conflicto del juicio princi-
pal, que requieren resolucion interlocutoria. Los hay que paralizan el
procedimiento hasta que se resuelva el incidente, ya que la decisión final
depende de lo que se resuelva en el incidente. Y los que no impiden la
continuación del juicio y se pueden resolver junto con la sentencia definitiva.
El CFPC, en su artículo 359, establece que hay 2 clases. Los incidentes
que ponen obstáculo a la continuación del procedimiento, que se
sustanciaran en la misma pieza de autos y los que no lo pongan, que se
tramitaran en cuaderno separado.
Sustanciación de incidentes
El escrito de inicio del incidente deberá ofrecer las pruebas en que se
funde. Se dará vista a las partes por el plazo de tres días, para que ofrezcan
pruebas. El órgano jurisdiccional determinará si se requiere un plazo
probatorio más amplio y si suspende el procedimiento.
En la audiencia se recibirán y desahogarán las pruebas, se oirán los
alegatos de las partes y se dictará la resolución correspondiente.
El órgano jurisdiccional determinará, atendiendo a las circunstancias de
cada caso, si los incidentes se resuelven de plano, ameritan un especial
pronunciamiento o si se reserva para resolverlo en la sentencia.

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