Impuesto a los depósitos en efectivo

Páginas248-261
EDICIONES FISCALES ISEF 248
2 Camiones.
3 Vehículos importados a la región fronteriza.
4 Vehículos importados de la Unión Europea por personas físicas
con actividades empresariales o por personas morales distintas de
fabricantes o distribuidores autorizados.
5 Vehículos importados del Mercado Común del Sur por personas
físicas con actividades empresariales o por personas morales distin-
tas de fabricantes o distribuidores autorizados.
II. Los dígitos segundo y tercero, serán los que correspondan al
número de empresa que sea asignado en los términos de la regla
II.10.4. o el número 98 tratándose de ensambladores o importadores
de camiones nuevos.
Tratándose de vehículos importados, los dígitos segundo y ter-
cero, serán los que correspondan a su procedencia conforme a lo
siguiente:
97 Mercado Común del Sur.
99 Unión Europea.
III. Los dígitos cuarto y quinto, serán los que correspondan al
número de modelo del vehículo de que se trate o el que asigne la
Unidad de Política de Ingresos en los términos de la regla II.10.5.,
según se trate.
IV. Los dígitos sexto y séptimo, serán los que correspondan al
número de versión del vehículo de que se trate.
Tratándose de vehículos eléctricos, no se integrará clave vehicu-
lar.
LISAN 13, RMF 2010 II.10.4., II.10.5.
Título I.11. Impuesto a los depósitos en efectivo
Depósitos en efectivo a través de servicios ofrecidos por organis-
mos públicos descentralizados
I.11.1. Para los efectos del artículo 1 de la Ley del IDE, cuando a
través de servicios ofrecidos por organismos públicos descentraliza-
dos se reciban cantidades en efectivo destinadas a cuentas abiertas
en instituciones del sistema financiero a nombre de personas físicas
o morales o a cuentas de terceros indicados por éstas, el organis-
mo público de que se trate deberá proporcionar diariamente a las
instituciones mencionadas la información necesaria para que éstas
cumplan sus obligaciones en materia del IDE:
I. Número de cuenta del beneficiario final del depósito.
II. Fecha del depósito.
III. Monto del depósito.
IV. Número de referencia o clave del depósito.
V. Identificación del depósito cuando se realice en efectivo.
LIDE 1

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