2. Instancias sobre las que procede el juicio contencioso administrativo federal
- Rescisión administrativa de contratos de adquisiciones o de obra pública. Contra dicha determinación debe agotarse el juicio contencioso administrativo federal, previo a la promoción del juicio de amparo: (inaplicabilidad de la jurisprudencia 2a./J. 56/2007): (Tesis Aislada num. III.2o.A.253 A (9a.), Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Enero de 2012)
- Convención americana sobre derechos humanos, aplicación de su artículo 25. El ordenamiento jurídico mexicano prevé como figuras de defensa respecto de los actos de las autoridades fiscales el recurso de revocación y el juicio contencioso administrativo federal, cuyo objeto es tutelar el derecho humano de protección judicial reconocido en dicho precepto: (Tesis Aislada num. VI.1o.A.4 A (10a.), Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 2011)
- Prórroga de jurisdicción.- No opera respecto a la competencia territorial de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa: (Tesis nº VII-P-1aS-70 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2011, Tesis nº VI-P-1aS-437 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2011, Tesis nº VII-P-1aS-85 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2012, Tesis nº VI-P-1aS-302 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2010)
- Fianzas otorgadas para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros. Los actos tendentes a hacerlas efectivas son impugnables directamente a través del juicio contencioso administrativo federal: (Tesis Aislada num. IV.3o.A.132 A, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 1 de Septiembre de 2010)
- Sobreseimiento, no procede respecto de la resolución que determina que no es posible revocar el dictamen de invalidez, por afectar el interés jurídico del pensionado: (Tesis nº VI-TASR-XII-I-15 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2010)
- Aviso-recibo de consumo de energía eléctrica, elaborado por el organismo descentralizado denominado Luz y Fuerza del Centro, al ser un acto emitido con fundamento en las disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, resulta impugnable ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa: (Tesis nº VI-TASR-XII-II-32 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2009)
- Competencia territorial de las Salas Regionales, se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, independientemente de lo pactado por las partes en un contrato de obra publica: (Tesis nº VI-J-2aS-42 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2010, Tesis nº VI-P-2aS-236 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2009, Tesis nº VI-P-2aS-380 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2010, Tesis nº VI-P-2aS-71 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2008, Tesis nº VI-P-2aS-143 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2009)
- Competencia territorial de las Salas Regionales, se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, independientemente de lo pactado por las partes en un contrato de obra pública: (Tesis nº VI-J-2aS-42 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2010, Tesis nº VI-P-2aS-236 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2009, Tesis nº VI-P-2aS-380 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2010, Tesis nº VI-P-2aS-71 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2008, Tesis nº VI-P-2aS-143 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2009)
- Acuerdos no autoaplicativos.- Su impugnación en juicio de nulidad, no procede junto con la orden de visita: (Tesis nº VI-TASR-XVI-11 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2008)
- Juicio de nulidad. Procede en contra del comunicado mediante el cual se informa al instaurante la improcedencia de una solicitud: (Tesis nº V-TASR-XXI-2807 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2007)
- Juicio de nulidad. Es improcedente el promovido contra la respuesta de la autoridad a una solicitud del contribuyente en la que le informa que no existe inconveniente para que lleve a cabo determinados trámites administrativos: (Tesis num. XXIII.3o.22 A, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 21 de Junio de 2007)
- Competencia del Tribunal cuando se impugna la legalidad de una norma de carácter general. Debe tomarse en cuenta la fecha de interposición de la demanda: (Tesis nº VII-P-SS-22 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2011)
- Actos administrativos, decretos y acuerdos de carácter general.- Formas mediante las cuales puede materializarse su aplicación: (Tesis nº VII-P-2aS-9 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2011, Tesis nº VII-P-2aS-146 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2012, Tesis nº VII-P-2aS-119 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2012)
- Principios de reserva y primacía de la Ley. Las reglas de las Resoluciones Misceláneas Fiscales están sujetas a éstos: (Tesis nº VII-P-SS-15 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2011, Tesis nº VII-P-SS-48 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de...
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