Tesis nº VI-P-2aS-71 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2008

Número de resoluciónVI-P-2aS-71
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
Fecha01 Septiembre 2008
Número de registro50536
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año I. No. 9. Septiembre 2008. p. 306;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece su Ley Orgánica, entre las que se contemplan las dictadas sobre interpretación y cumplimiento de contratos de obras públicas, celebrados por las dependencias de la Administración Pública Federal, es decir lo que es materia de dicho juicio es la legalidad de la resolución administrativa combatida y no así la validez o legalidad del contrato en cuestión. Por ende, si las partes que lo celebraron acuerdan someterse a Tribunales Federales con determinada jurisdicción, renunciando a la que les correspondería en razón de su domicilio...

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