Utilidad o pérdida fiscal en enajenación de terrenos por persona física no empresaria

AutorJosé Pérez Chávez, Raymundo Fol Olguín
Páginas403-408
403
Utilidad o pérdida fiscal en enajenación de terrenos
por persona física no empresaria
Concepto
Es el resultado que, para efectos del impuesto sobre la renta, se determina en la ena-
jenación de terrenos por personas físicas que no tienen dichos bienes dentro de una
actividad empresarial.
Para determinar la utilidad o pérdida fiscal por la enajenación de terrenos, la LISR in-
dica una mecánica que consiste en restar las deducciones debidamente actualizadas,
entre ellas el costo de adquisición, al ingreso por enajenación.
Determinación
1. Fórmula para su obtención
1o. Determinación del factor de actualización.
Factor de
actualización
=
INPC del mes inmediato anterior a
aquel en que se efectúe la enajenación
INPC del mes en que se realizó la
adquisición o se efectuó la erogación
2o. Determinación de la utilidad o pérdida fiscal por la enajenación de terrenos.
Ingreso por la enajenación
(–) Costo de adquisición actualizado (costo de adquisición
por factor de actualización)
(–) Otras deducciones actualizadas (otras deducciones
por factor de actualización)
(=) Utilidad (cuando el resultado sea positivo) o pérdida
(cuando el resultado sea negativo) por la enajenación
de terrenos

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