Título I.2 Código Fiscal de la Federación

AutorManuel Baltazar Mancilla/Honoré A. Bornacini Hervella
Páginas27-68

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Título I.2. Código Fiscal de la Federación
Capítulo I.2.1 Disposiciones Generales
Opción para que las personas físicas consideren como domicilio fiscal su casa habitación
(Regla I.2.1.2.):
Para los efectos del artículo 10 del CFF, las personas físicas podrán considerar como domicilio
fiscal su casa habitación, cuando:

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Casos I. Realicen actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, en sustitución del señalado en el artículo 10, fracción I, inciso a) del CFF.
II. No realicen actividades empresariales o profesionales, en sustitución del señalado en el artículo 10, fracción I, inciso b) del CFF.
Domicilio
Persona
Residente
en México
Domicilio fiscal de las personas físicas residentes en el extranjero (Regla I.2.1.3.):
Para los efectos del artículo 10, fracción I del CFF, las personas físicas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional que perciban ingresos por enajenación o
arrendamiento de inmuebles ubicados en territorio nacional, podrán considerar como domicilio fiscal, el domicilio de la persona residente en territorio nacional que actúe a nombre o por cuenta de
ellos.
Festivos Días inhábiles (Regla I.2.1.4.):
Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos y 13 del CFF, se considera periodo
general de vacaciones, el comprendido del 20 de diciembre de 2013 al 6 de enero de 2014.
Asimismo, se consideran días inhábiles para el SAT, el 17 y 18 de abril de 2014.
Convenio con
90% de Ingresos Pasivos
Ingresos
Pasivos
Cálculo por
Ejercicio
No Actividades
Empresariales
Cálculo por
Período
Menos del 90%,
Pérdida del
Derecho a la
Opción
Título LISR
Supuestos en que un conjunto de personas no realiza actividades empresariales con motivo
de la celebración de un convenio (Regla I.2.1.8.):
Para los efectos del artículo 17-B, primer párrafo, primera oración del CFF, se podrá optar por
considerar que un conjunto de personas no realiza actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio, entre otros supuestos, cuando los ingresos pasivos representen cuando
menos el noventa por ciento de la totalidad de los ingresos que el conjunto de personas obtenga
con motivo de la celebración del citado convenio, durante el ejercicio fiscal de que se trate.
Para los efectos de esta regla, se consideran ingresos pasivos los ingresos por intereses, incluso
la ganancia cambiaria y la ganancia proveniente de operaciones financieras derivadas
...

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