Transitorios

AutorManuel Baltazar Mancilla - Honoré A. Bornacini Hervella
Páginas13-15
DECRETO QUE COMPILA DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES Y ESTABLECE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN TRIBUTARIA
MÉXICO FISCAL
13
SAT
Presentación de Información:
Artículo 8.6. Los beneficios fiscales que se establecen en el presente Decreto y en otros decretos
emitidos por el Ejecutivo Federal serán aplicables cuando el con tribuyente presente la información que,
en su caso, establezca el SAT mediante reglas de carácter general.
Transitorios
Fecha
Vigencia (ART--Trans):
El presente Decreto entrará en vigor el 1 de abril de 2012.
Decretos
Quedan sin Efectos (ART-2°-Trans):
A partir de la entrada en vigor del presente Decreto quedan sin efectos:
I. Los Decretos en materia de los ISR, IETU, IVA, IEPS y federal sobre automóviles nuevos, vigen-
tes a la entrada en vigor del presente Decreto, emitidos por el Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos, en ejercicio de las facultades conferidas por los ARTS-89-F-I de la Constitución Polí-
tica de los Estados Unidos Mexicanos y 39 del CFF.
II. Las disposiciones administrativas que contravengan o se opongan a lo preceptuado en este D e-
creto.
Casos de Excepción
No Aplicable (ART-3°-Trans):
No será aplicable el Segundo Transitorio de este Decreto, en los siguientes supuestos:
I. Las disposiciones en las materias mencionadas en el Segundo Transitorio, F-I de este Decreto,
que se encuentren establecidas en los Decretos en materia de comercio exterior o aduanera.
II. Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la ren-
ta, de derechos y de aprovechamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de
diciembre de 2008.
III. Decreto por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a recibir de los con-
cesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto que se indica, publicado en
IV. Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado
y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes
plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación
de obras artísticas y antigüedades p ropiedad de particulares, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 31 de octubre de 1994, así como sus modificaciones efectuadas a través de los
diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 28 de noviembre de 2006 y el 5 de
noviembre de 2007.
V. Artículos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Quinto Bis, Séptimo y Décimo Sexto, así
como los Transitorios Tercero y Cuarto, del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios
fiscales en m ateria de los impuestos sobre la re nta y empresarial a t asa única, publicado en el
Diario Oficial de la Fe deración el 5 de noviembre de 2007, así como sus modificaciones efec-
tuadas a través de los diversos publicados en el m ismo órgano de difusión oficial el 27 de febr e-
ro de 2008 y el 12 de octubre de 2011.
VI. Decreto por el que se establece el programa para la creación de empleo en zonas marginadas,
VII. Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas morales y fideicomisos au toriza-
dos para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2010, así como sus modific a-
ciones efectuadas a través del divers o publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 12 de
octubre de 2011.
VIII. Decreto por el que se otorga un Estímulo Fiscal en Materia de Deducción Inmediata de Bienes
Nuevos de Activo Fijo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2003.
IX. Artículos Noveno, Décimo Primero, Decimo Quinto, Décimo Sexto, Décimo Sexto A, Décimo
Sexto B, Décimo Sexto C, Décimo Sexto D, Décimo Sexto E, Décimo Sexto F, Décimo Séptimo,
Décimo Octavo y Décimo Noveno, del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales
a los contribuyentes q ue se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de oc-
tubre de 2003, así c omo sus mo dificaciones efectuadas a través de los diversos publicados en
el mismo órgano de d ifusión oficial el 12 de enero de 2005; 12 de m ayo y 28 de noviembre de
2006, y 4 de marzo de 2008.
X. Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales, publicado en el

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