La Transformación de las Juntas Beneficia a la Justicia Laboral: JORGE A. ZORRILLA RODRÍGUEZ

AutorDr. Elías Huerta Psihas
Páginas8-13

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Al concretarse la primera de las reformas impulsadas por el Presidente Enrique Peña Nieto en materia de Justicia Cotidiana, se produjo un cambio en el sector de la justicia laboral que había sido una añeja exigencia en el foro y la academia: incorporar las Juntas de Conciliación y Arbitraje al Poder Judicial. Para platicar sobre este tema Foro Jurídico entrevistó al Mtro. Jorge Alberto J. Zorrilla Rodríguez, Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, quien afirma categóricamente que la transformación de las Juntas en tribunales beneficia a la justicia laboral, ya que se agilizarán los procesos en favor de empleados y empleadores.

Explica el Maestro Zorilla Rodríguez que con la creación de los juzgados y tribunales laborales, se impartirá una justicia laboral efectiva, pronta y expedita, que dará certeza jurídica a trabajadores y patrones.

Hoy la justicia laboral cotidiana, reconoce, “es vista como complicada, poco confiable y propicia para actividades indebidas”, advirtiendo que esta transformación, no necesariamente implicará un gran egreso para las finanzas públicas. La solución que contempla la iniciativa de reforma constitucional en materia laboral, no se basa simplemente en el ensanchamiento de la maquinaria de impartición de justicia, sino que parte desde una perspectiva que mejora el entendimiento de los conflictos laborales y de los problemas de operatividad que se generaron en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, además de que implica el fortalecimiento de las libertades de negociación colectiva y de sindicación. Ofrecemos a nuestros lectores la parte sustancial de la entrevista.

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¿Cuáles son los cambios que contempla la iniciativa de reforma constitucional en materia de justicia laboral?

La iniciativa de reforma contempla sustancialmente, 3 premisas fundamentales:

1) que la justicia laboral sea impartida en lo sucesivo, por juzgados o tribunales del Poder Judicial Federal (pjf) o de los poderes judiciales locales; 2) el replanteamiento de la función conciliatoria, de tal forma que constituya una instancia prejudicial para trabajadores y patrones; y...

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