Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0774-2021), 2021
Fecha | 25 Agosto 2021 |
Número de expediente | SM-JDC-0774-2021 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTES: SM-JDC-774/2021, SM-JDC-781/2021 Y SM-JDC-782/2021, ACUMULADOS
ACTORES: J.G.H.P. Y OTROS
RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
TERCERO INTERESADO: H.T.M.
MAGISTRADO PONENTE: YAIRSINIO D.G.O.
SECRETARIO: HOMERO TREVIÑO LANDIN |
Monterrey, Nuevo León, a veinticinco de agosto de dos mil veintiuno.
Sentencia definitiva que confirma la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí en el expediente TESLP/JDC/105/2021 y acumulados, al considerarse que: a) El Tribunal Local correctamente determinó que no existió omisión por parte de la autoridad electoral al asignar una regiduría indígena en el Ayuntamiento de Ciudad Valles; b) Diversos argumentos son ineficaces, pues son reiterativos a los que manifestaron ante la instancia local; c) Fue acertada la determinación de la responsable al confirmar lo efectuado por la autoridad electoral en relación con el ajuste por razón de género, pues son aplicables los Lineamientos de paridad; y d) El Tribunal Local sí fue exhaustivo al pronunciarse sobre los argumentos que le fueron planteados.
ÍNDICE
GLOSARIO ……………………………………………………………………… |
2 |
1. ANTECEDENTES DEL CASO……………………………………………… |
2 |
2. COMPETENCIA……………………………………………………………… |
4 |
3. ACUMULACIÓN……………………………………………………………… |
5 |
4. PROCEDENCIA ……………………………………………………………... |
5 |
5. ESTUDIO DE FONDO |
|
5.1. Materia de la controversia …………………………………………. |
5 |
5.2. Decisiones…………………………………………………………… |
11 |
5.3. Justificación de las decisiones…….……………………………… |
11 |
6. FORMATO DE LECTURA FÁCIL…………………………………………. |
35 |
7. RESOLUTIVOS…………………………………………………………........ |
36 |
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CEEPAC: |
Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí
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Constitución Local: |
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Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Ley Electoral Local: |
|
Ley Orgánica: |
Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí
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Lineamientos de paridad: |
|
Tribunal Local: |
Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí
|
1. ANTECEDENTES DEL CASO
Las fechas que se citan corresponden a dos mil veintiuno, salvo distinta precisión.
1.1. Jornada electoral. El seis de junio, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir, entre otros, a las y los integrantes del Ayuntamiento de Ciudad Valles, San Luis Potosí.
1.2. Cómputo municipal. En fecha nueve de junio, se llevó a cabo el cómputo municipal del citado Ayuntamiento, declarándose la validez de la elección y, posteriormente, se realizó la entrega de constancia de validez y mayoría a la planilla ganadora postulada por la Coalición “Juntos Haremos Historia en San Luis Potosí” conformada por los partidos políticos del Trabajo y Verde Ecologista de México.
Los resultados de dicho cómputo fueron los siguientes:
PARTIDO O CANDIDATO/A |
CON LETRA |
VOTOS OBTENIDOS |
|
SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES |
7493 |
|
SEIS MIL TRESCIENTOS OCHO |
6308 |
|
MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO |
1524 |
|
SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO |
7378 |
|
VEINTITRES MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE |
23327 |
|
MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE |
1329 |
|
QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS |
596 |
|
ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS |
11266 |
|
TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES |
3753 |
|
MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO |
1145 |
|
TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES |
3993 |
|
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE |
457 |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS |
SETENTA Y SEIS |
76 |
VOTOS NULOS |
DOS MIL SESENTA Y SEIS |
2066 |
TOTAL |
SETENTA MIL SETENCIENTOS ONCE |
70711 |
1.3. Asignación de regidurías. El trece siguiente, el CEEPAC realizó la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional correspondiente a cada uno de los Ayuntamientos de la entidad, quedando las asignaciones de Ciudad Valles, como sigue:
Partido |
Cargo |
Propietario |
|
P. |
David Armando Medina Salazar |
Regidor de MR[1] |
Rut Mirea Portilla Sánchez |
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