Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-2313-2021), 2021

Número de expedienteSCM-JDC-2313-2021
Fecha08 Noviembre 2021
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y DE LAS PERSONAS CIUDADANAS)

EXPEDIENTES: SCM-JDC-2313/2021 Y SCM-JDC-2320/2021

PARTE ACTORA:

R.N.H. y otras personas

PARTE TERCERA INTERESADA:

E.S.L. CANTÚ Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO

MAGISTRADA:

MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS

SECRETARIAS:

ROSA E.M.R.H.Y.P.L.V.Z.[1]

Ciudad de México, a 9 (nueve) de noviembre de 2021 (dos mil veintiuno)[2].

La S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública revoca la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de G. en el procedimiento TEE/PES051/2021 y para efectos de que dicho tribunal emita una nueva resolución en la que tome en consideración las circunstancias apuntadas por esta S.R., con base en lo siguiente:

Índice

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

R A Z O N E S Y F U N D A M E N TO S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia

SEGUNDA. Acumulación.

TERCERA. Análisis con perspectivas

3.1. Perspectiva de género

3.2. Perspectiva intercultural

CUARTA. Parte tercera interesada

QUINTA. Requisitos de procedencia

SEXTA. Contexto

6.1. Síntesis de la sentencia impugnada

6.2. Síntesis de agravios

SÉPTIMA. Estudio de fondo

7.1. Parcialidad del magistrado instructor

7.2. Agravios contra la acreditación de la conducta

7.3. Agravios contra la individualización de la sanción

7.4. Violencia institucional

7.5. Medidas cautelares y de protección

OCTAVA. Efectos

R E S U E L V E :

G L O S A R I O

Actora o D.

Ruperta Nicolás Hilario

Ayuntamiento

Ayuntamiento del municipio de Iliatenco, G.

Constitución General

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Local

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de G.

IEPC o

Instituto Local

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de G.

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y personas ciudadanas)

Juicio de Inconformidad

Juicio de inconformidad de clave TEE/JIN/024/2021 del índice del Tribunal Electoral del Estado de G. a través del que se cuestionó la validez de la elección del ayuntamiento de Iliatenco G.

Juicio de Revisión

Juicio de Revisión Constitucional Electoral de clave SCM-JRC-225/2021 del índice de esta S.R. al través del que se cuestionó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de G. en el juicio de inconformidad TEE/JIN/024/relacionado con la nulidad de la elección del ayuntamiento de Iliatenco G.

Ley General de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley de Medios Local

Ley Número 456 del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de G.

Ley Electoral Local

Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de G.

Personas Promoventes, Personas Denunciadas o Parte Denunciada

E.S.L.C., E.C.C. y S.R.T.

PES

Procedimiento especial sancionador

Registro

Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las M.es en Razón de Género.

Tribunal Local

Tribunal Electoral del Estado de G.

VPMG

Violencia política contra la mujer en razón de género

A N T E C E D E N T E S

1. Proceso electoral

1.1. Jornada electoral. El 6 (seis) de junio se llevó a cabo la jornada para elegir a las personas integrantes de los ayuntamientos, entre ellos, el de Iliatenco, G..

1.2. Conclusión del proceso electoral. El 7 (siete) de octubre, el Consejo General del IEPC declaró la firmeza de las elecciones y la conclusión del proceso electoral.

2. PES

2.1. Queja. El 19 (diecinueve) de septiembre, la Actora presentó queja ante el Instituto Local por supuestos actos que podían constituir VPMG, dicha queja fue registrada con la clave IEPC/CEE/PES/090/2021.

2.3. Medidas cautelares. El 24 (veinticuatro) de septiembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Local declaró improcedentes las medidas de protección y cautelares solicitadas por la Actora.

2.4. Resolución impugnada. El 21 (veintiuno) de octubre, el Tribunal Local emitió la resolución impugnada en el sentido de declarar la existencia de los actos de VPMG y amonestar a las Personas Denunciadas.

3. Juicio de la Ciudadanía

3.1. Demanda. Inconforme con la resolución impugnada, el 23 (veintitrés) y 26 (veintiséis) de octubre, la Actora y las Personas Promoventes, respectivamente, presentaron las demandas con que se formaron los juicios SCM-JDC-2313/2021 y
SCM-JDC-2320/2021, que fueron turnados a la ponencia a cargo de la magistrada M.G.S.R., quien en su momento las recibió, admitió las demandas y en su oportunidad, cerró la instrucción.

R A Z O N E S Y F U N D A M E N TO S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia. Esta S.R. es competente para conocer y resolver estos medios de impugnación, pues fueron promovidos por la D. y las Personas Denunciadas en el PES TEE/PES/051/2021, que fue resuelto en la resolución impugnada; supuesto de competencia de esta S.R. y entidad federativa en la que ejerce jurisdicción, lo anterior, con fundamento en:

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