Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-02-2004 ( CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 21/2003 )

Sentido del fallo SE SOBRESEE EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL.
Número de expediente 21/2003
Sentencia en primera instancia )
Fecha27 Febrero 2004
Tipo de Asunto CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
Emisor SEGUNDA SALA
<a href="https://vlex.com.mx/vid/sentencia-corte-suprema-justicia-799706789">CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 36/2003</a>

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 21/2003


CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 21/2003.



aCTOR: DELEGACIóN miguel hidalgo del

distrito federal.



MINISTRO PONENTE: gENARO D.G.P.

SECRETARIO: P.A.N.M..



VO. BO.

México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veintisiete de febrero de dos mil cuatro.


VISTOS; y,

RESULTANDO:

COTEJÓ

PRIMERO.- Por oficio presentado el diecinueve de febrero de dos mil tres, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, A.S. aus den R.H., quien se ostentó como Titular de la Delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, promovió controversia constitucional en representación de ésta, demandando la invalidez de los actos que más adelante se precisan, emitidos por las autoridades que a continuación se señalan:


"II. NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS DEMANDADOS.- "-- 1. JEFATURA DE GOBIERNO DEL DISTRITO "FEDERAL, cuyo titular es el C. Licenciado Andrés "M.L.O., con domicilio en el Palacio "del Antiguo Ayuntamiento del Distrito Federal, "ubicado en Plaza de la Constitución y 5 de febrero, "s/n, Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito "Federal.--- 2) SECRETARÍA DE FINANZAS, a través "de su titular el C. Doctor Carlos M. Urzúa Macías, "con domicilio en calle Doctor Lavista, 144, acceso "1, primer piso, Colonia Doctores, Delegación "C., C.P. 06720.--- ...IV. ACTO CUYA "INVALIDEZ SE DEMANDA.--- OFICIO de fecha 26 "de diciembre del 2002, suscrito por el S. "de Finanzas del Distrito Federal, recibido en la "oficialía de partes de este Órgano Político-"Administrativo el día 7 de enero de 2003, en el cual "se informa que ‘resulta aplicable el artículo 411-B "multicitado que, como se ha manifestado, reserva "para la Secretaría de Finanzas la atribución de "comunicar las fechas de cierre para que las "dependencias y órganos desconcentrados "establezcan sus compromisos con la anticipación "necesaria para que el 31 de diciembre de cada año "queden totalmente devengados y contabilizados’.-"-- Este oficio, constituye una infundada y "agraviante interpretación del artículo 411-B del "Código Financiero del Distrito Federal que "pretende identificar a los Órganos Político-"Administrativos como órganos desconcentrados, "y en consecuencia se nos impuso una serie de "restricciones al ejercicio del presupuesto "delegacional autorizado por la Asamblea "Legislativa a través del Decreto de Presupuesto de "Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio "Fiscal 2002, publicado en la Gaceta Oficial del "Distrito Federal de fecha 31 de diciembre de 2001, "en contravención a lo dispuesto por los artículos "16 y 122 constitucionales, en relación con lo "dispuesto en los artículos 42, 87, 112 y 117 del "Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 37 y 39 "fracciones XXV y XLVIII de la Ley Orgánica de la "Administración Pública del Distrito Federal y 411-"B, 415-A y 415-C del Código Financiero del Distrito "Federal, 5, 31 y 39 del Decreto de Presupuesto de "Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio "Fiscal 2002, publicado en la Gaceta Oficial el día "31 de diciembre de 2001, así como la múltiple "legislación correlacionada que se habrá de "precisar líneas abajo.--- Es importante destacar, "que los efectos de este acto derivaron en la "imposibilidad de que mi representada ejerciera la "totalidad del presupuesto que le asignó la "Asamblea Legislativa, en el artículo 5° del Decreto "de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal "para el Ejercicio Fiscal 2002, publicado en la "Gaceta Oficial en la fecha ya referida, y que "ascendió de manera concreta a la cantidad de "$978,319,427.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y "OCHO MILLONES, TRESCIENTOS DIECINUEVE "MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE PESOS, M.N.) "y cuya erogación total era necesaria para la "realización de las actividades, obras y servicios "públicos previstos para financiar nuestro "programa operativo anual 2002, en el cual se "contenían los diversos programas de gobierno "delegacionales, debidamente cualificados y "cuantificados en objetivos y metas, y cuya "realización respondía a demandas concretas de "las necesidades de los habitantes de esta "demarcación territorial.--- El Presupuesto de "Egresos del Distrito Federal es producto de la "participación conjunta del Jefe de Gobierno, de "los órganos político-administrativos, "denominados delegaciones, por lo que hace al "gasto público de estos órganos originarios "establecidos en la Constitución, y de la Asamblea "Legislativa. En ese sentido, el Jefe de Gobierno "presenta la iniciativa ante la Asamblea Legislativa, "en la que van contenidos los requerimientos "particulares de cada una de las Delegaciones, "expresadas en tiempo y forma, de conformidad "con los artículos 42 fracción II y 117 fracción VII "del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 "fracción XXV y XLVIII de la Ley Orgánica de la "Administración Pública del Distrito Federal y 415-"A del Código Financiero del Distrito Federal y el "Legislativo a través de la expedición del decreto "de presupuesto respectivo; norma ésta que "conforme a los criterios jurídicos, debe concebirse "como un instrumento de planeación regulador del "gasto público, con alto sentido social y alcance de "interés colectivo por su carácter eminentemente "vinculatorio entre gobernantes –ejecutor de "acciones de beneficio público– y gobernados –"obligados al pago de contribuciones en términos "del artículo 31 constitucional–.--- La propuesta "para sufragar los gastos de los diversos "programas del 2002, que hizo la Delegación Miguel "H. al gobierno central del Distrito Federal, "para su posterior aprobación por la Asamblea "Legislativa contenía la justificación de dichos "programas, desglosado por partidas, criterios y "objetivos, para darle aplicabilidad y observancia. "Asimismo, nuestro presupuesto del 2002, era "resultado de las demandas ciudadanas y de los "estudios de viabilidad realizados por las áreas "operativas de la estructura delegacional, "observando en todo momento los criterios de "racionalidad y austeridad. En este orden de ideas, "el Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito "Federal para el Ejercicio Fiscal 2002, publicado en "la Gaceta Oficial el día 31 de diciembre de 2001, "contemplaba y autorizaba a la Delegación Miguel "H., una erogación necesaria de "$978,319,427.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y "OCHO MILLONES, TRESCIENTOS DIECINUEVE "MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE PESOS M.N.) "para la realización de las actividades, obras y "servicios públicos previstos en los programas a "cargo de esta Delegación.--- La afectación "presupuestal no sólo la expresamos de manera "genérica, sino que el agravio directo se traduce en "perjuicios económicos por $25,653,011.74 "(VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS "CINCUENTA Y TRES MIL ONCE PESOS 74/100 "M.N.), de los cuales $8,566,152.39 (OCHO "MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL "CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 39/100 M.N.) "los tuvimos que convertir en Adeudos Fiscales de "Ejercicios Anteriores (ADEFAS), con cargo al "presupuesto del ejercicio fiscal del año 2003, en "los términos establecidos en el Código Financiero "del Distrito Federal, para cumplir con "compromisos ya establecidos, y adicionalmente "$17,086,859.35 (DIECISIETE MILLONES OCHENTA "Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE "PESOS 35/100 M.N.) autorizados en su "oportunidad por la Asamblea Legislativa pero que "se nos imposibilitó de ejercer, y que habremos "que reformular y reprogramar dentro del "presupuesto que nos asignó la Asamblea "Legislativa, en el Decreto de Presupuesto de "Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio "Fiscal 2003, publicado en la Gaceta Oficial el día "31 de diciembre de 2002, a efecto de cumplir "metas, objetivos y acciones de diversos "programas que debieron haberse ejecutado en el "año 2002 pero que tuvieron que ser total o "parcialmente cancelados ante el impedimento que "se nos impuso por el cierre anticipado, de licitar y "otorgar en su oportunidad los contratos de obras "y de adquisiciones de bienes y servicios, de "conformidad con el análisis contenido en el oficio "DGA/OMV/0375/03 de fecha 14 de febrero del 2003, "elaborado por la Dirección General de "Administración de esta Delegación.--- En síntesis, "el acto cuya invalidez se demanda, está afectando "desde ahora el ejercicio presupuestal del conjunto "de los programas de gobierno delegacionales "previstos para su ejecución en este año del 2003, "en la misma proporción del perjuicio económico "que se nos causó en el ejercicio fiscal del 2002, "por las consideraciones arriba expuestas.”


SEGUNDO.- En la demanda se señalaron como antecedentes, los siguientes:


"1. A mediados de agosto de 2002, la Secretaría de "Finanzas, intentó fijar a los Órganos Político-"Administrativos fechas de cierres anticipados para "establecer compromisos respecto de la "‘adjudicación y trámite de pedidos, la celebración "de contratos, presentación de fianzas y demás "documentación’ con cargo al Presupuesto de "Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio "Fiscal 2002, que fue aprobado por la Asamblea "Legislativa del Distrito Federal de manera "independiente para cada Delegación. A lo que esta "Delegación Miguel Hidalgo, en todo momento y de "manera verbal y por escrito, manifestó su "oposición.--- 2. Posteriormente, el S. de "Finanzas propuso un nuevo calendario para el "ejercicio del presupuesto, de la siguiente forma: "hasta el 31 de octubre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
    • México
    • Segunda Sala
    • 1 Julio 2004
    ... CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 21/2003. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO DEL DISTRITO MINISTRO PONENTE: G.D.G.P.. SECRETARIO: P.A.N.M.. México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veintisiete de febrero de dos mil cuatro. VIST......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR