Recurso de revocación

AutorDr. Juan Rabindrana Cisneros García/Dr. Carlos Javier Verduzco Reina
Cargo del AutorDoctor en Derecho, Rector del Centro Universitario de Estudios Jurídicos (CUEJ)/Doctor en Derecho, Vicerrector y catedrático del Centro Universitario de Estudios Jurídicos (CUEJ)
Páginas255-398
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7.1. CONCEPTO DE RECURSO DE REVOCACIÓN
El “recurso de revocación” es un medio de defensa que tiene el par-
ticular contra las resoluciones de la autoridad scal y aduanera, así
como de los actos precisados en el artículo 117 del Código Fiscal Fede-
ral, que se presenta ante las Administraciones Desconcentradas Jurí-
dicas, la Administración General Jurídica, la Administración General
de Grandes Contribuyentes o la Administración General de Hidrocar-
buros, todas ellas del Servicio de Administración Tributaria, que tiene
como nalidad que la propia autoridad administrativa suspenda la
ejecución de los actos de las autoridades scales y aduaneras y contro-
le la legalidad de la actuación de las autoridades cuyo acto se recurre,
concluyendo con el dictado de una resolución, también administrati-
va, que puede revocar, declarar la nulidad lisa y llana o conrmar la
resolución recurrida.
También se considera una forma de autocontrol de la legalidad
de los actos y resoluciones de la misma autoridad scal, ya que es la
misma autoridad la que a través de este recurso puede controlar y re-
vocar los actos que no se consideren ajustados a derecho, sin necesidad
de que otra autoridad jurisdiccional ajena al SAT lo haga. Así, el recurso
tendría como nalidad la revisión de la legalidad de la actuación admi-
nistrativa, con el propósito de encauzarle dentro del marco legal.
7 RECURSO DE
REVOCACIÓN
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DERECHO PROCESAL FISCAL Y ADUANERO
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Al respecto, Narciso Sánchez Gómez apunta que los recursos
administrativos son la primera instancia de medios de defensa que se
hacen valer ante la propia autoridad administrativa para que se modi-
que, se reforme o se deje sin efecto el acto que afecta los intereses del
recurrente. Estos recursos permiten, además, que la administración
pública reconsidere sus resoluciones o diligencias que no se encuen-
tran ajustadas a derecho, controlando la legalidad de sus actos.
Los recursos administrativos representan la primera ins-
tancia de los medios de defensa que tienen los particulares
en contra de las determinaciones administrativas que le-
sionan sus derechos, y se hacen valer ante la propia auto-
ridad administrativa responsable del acto o procedimiento
discutible, para que se modique, se reforme o se deje sin
efecto en caso de afectar los intereses del recurrente.
También es una vía que permite a la administración pú-
blica reconsiderar, corregir o modicar sus resoluciones o
diligencias que no estén ajustadas a las formalidades le-
gales que deben seguirse, y que como consecuencia se po-
drá enmendar o encausar por el sendero de la legalidad
ese proceder, que puede estar viciado por error, ignoran-
cia, desvío de poder, desproporción, injusticia maniesta
o por cualquier otra omisión que lesione los intereses per-
sonales o patrimoniales del agraviado.94
Por su parte, los Licenciados Alejandro Paz López y José Gua-
dalupe Mesta Guerra, en su obra El Recurso de Revocación en Materia
Fiscal, proporcionan un concepto de recurso de revocación en los si-
guientes términos:
94 NAVA NEGRETE, Alfonso y SÁNCHEZ GÓMEZ, Narciso, Justicia Administrativa en
México, Fundación Universitaria de Derecho, Administración y Política, S.C., Colegio
de Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, México, 2002, pp. 48 y 49.
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El recurso administrativo de revocación en materia scal
federal es un medio legal de impugnación o defensa, es-
tablecido en el Código Fiscal de la Federación, con el que
cuentan los particulares que resultan afectados en su esfe-
ra jurídica por actos y resoluciones administrativas-sca-
les denitivas de la autoridad scal y que se tramitan ante
la misma a través de un procedimiento administrativo,
que tiene por objeto mediante una resolución administra-
tiva revocar o modicar dichos actos o resoluciones y con
el n de restablecer el orden jurídico violado y sobre todo
la legalidad de la actividad administrativa.95
El tema de los recursos administrativos es importante para la
defensa scal ya que como lo apunta el Lic. Antonio Carrillo Flores en
su obra La Defensa Jurídica de los Particulares Frente a la Administración
en México, “El problema de los recursos administrativos en México tie-
ne interés sobre todo a partir del año 1929, en que la Suprema Corte
de Justicia sienta la tesis de que la procedencia del amparo en mate-
ria administrativa está condicionada al agotamiento de los recursos
o medios de defensa con que el particular cuente para impugnar una
decisión que lo agravie.” 96 De lo que se desprende que era necesario
agotar el recurso de revocación (y posteriormente el juicio contencioso
administrativo) antes de acudir al amparo. El agotamiento previo de
recursos administrativos, aunque es actualmente optativo en la mayor
parte de los que se encuentran previstos en México, puede resultar, en
caso de disputas excesivamente complejas un elemento de dilación en
el proceso que genera conicto con el derecho a obtener justicia pronta
y expedita dentro de un tiempo razonable.
95 PAZ LÓPEZ, Alejandro, et al,, op. cit., p. 41.
96 CARRILLO FLORES, Antonio, La Defensa Jurídica de los Particulares Frente a la Admi-
nistración en México, Tribunal Fiscal de la Federación, Colección Obras Clásicas, Tomo
I, México, 2000, p. 93.

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