Quiénes podrán tributar en este régimen

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas17-17

Page 17

Podrán tributar en este régimen solamente las personas morales que realicen las siguientes actividades:

· Agricultura.

· Ganadería.

· Silvicultura.

· Pesca.

· Autotransporte.

Sin embargo, sus integrantes podrán ser personas físicas o morales que tengan dicho fin.

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