RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL AL PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LA CARRERA TECNICO EN EDUCACION PREESCOLAR EN LA MODALIDAD MIXTA, PERIODOS SEMESTRALES, TURNO MATUTINO Y ALUMNADO MIXTO, PARA SER IMPARTIDO EN LA INSTITUCION DENOMINADA INSTITUTO TECNICO Y SUPERIOR DE BAHIA DE BANDERAS

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE

RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS

Tepic, Nayarit; a 21 de septiembre del 2009.

VISTA, la solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios al plan y programas de estudio de la carrera “TÉCNICO EN EDUCACIÓN PREESCOLAR”, modalidad mixta, periodos semestrales, turno matutino y alumnado mixto presentada por el C. HECTOR

JAVIER ROBLES BERUMEN, en su carácter de representante legal de la institución educativa denominada “INSTITUTO TÉCNICO Y SUPERIOR DE BAHÍA DE

BANDERAS”, para impartir estudios de nivel técnico profesional en el inmueble ubicado en Carretera Mezcales - San Vicente No. 249, colonia Mezcales en Bahía de Banderas, Nayarit.

R E S U L T A N D O

I.-Que con fecha 29 de mayo de 2009, el representante legal de la mencionada institución educativa, presentó ante esta autoridad solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios al plan y programas de estudio de la carrera “TÉCNICO EN EDUCACIÓN

PREESCOLAR”, para ser impartida en la institución educativa denominada “INSTITUTO

TÉCNICO Y SUPERIOR DE BAHÍA DE BANDERAS”.

  1. Que una vez presentada la solicitud, anexos, información y documentación complementaria por parte del propietario, con fundamento en lo dispuesto por los artículos

    Política del Estado de Nayarit; 1º, 7º, 10, 11 fracción II, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo tercero, 46, 47, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 60 y 80 de la Ley

    General de Educación 1º, 2º, 8º, 9º fracciones VI y VIII, 19 fracción III, 34, 35, 39, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 BIS fracción XV, de la

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, en observancia a lo dispuesto por el Acuerdo número 450, por el que se establecen los lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior, que abroga el Acuerdo número 330 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo medio superior, esta autoridad ordenó la integración del expediente.

  2. Que mediante oficio DAIR 543/06/2009 con fecha 17 de junio 2009, se solicitó a la

    Dirección General de Educación Media Superior y Superior, la revisión de los planes y programas, de la carrera “TÉCNICO EN EDUCACIÓN PREESCOLAR”, determinando procedente emitir el dictamen correspondiente, toda vez que esta institución educativa, cumplió con las disposiciones legales y administrativas que enumeran los artículos 21 párrafo I de la Ley General de Educación; 55 y 56 de la Ley de Educación del Estado de

    Nayarit.

  3. Con relación al personal directivo y docente que se propone en la documentación que anexa, previa revisión de los documentos que se adjuntan, se encontró que los mismos

    Sábado 6 de Marzo de 2010 Periódico Oficial 3 cumplen con el perfil establecido, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 21 párrafo

    I, 55 fracción I de la Ley General de Educación, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13 y 14 del Acuerdo número 450.

  4. Derivado de la visita de inspección Técnico-Higiénica Pedagógica practicada por el nivel correspondiente, se encontró que el “INSTITUTO TÉCNICO Y SUPERIOR DE

    BAHÍA DE BANDERAS”, cumple con los requisitos que señala el artículo 55 fracción II de la Ley de Educación del Estado de Nayarit y 7 fracción II del Acuerdo número 450, para la impartición del plan y programa en la modalidad solicitada.

    C O N S I D E R A N D O

    Tecnológica es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los artículos y de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la...

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