Poder legislativo. Decreto no. 27.– se expide la ley de ingresos del municipio de san pablo del monte, para el ejercicio fiscal dos mil veintidós.

Fecha de publicación25 Noviembre 2021
Número de GacetaEXT
Poder Legislativo

LORENA CUÉLLAR CISNEROS, Gobernadora del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETO No. 27 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE SAN PABLO DEL MONTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de interés social, tiene por objeto establecer los ingresos que percibirá la Hacienda Pública del Municipio de San Pablo del Monte, durante el ejercicio fiscal 2022, por los conceptos siguientes: I. Impuestos; II. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social; III. Contribuciones de Mejoras; IV. Derechos; V. Productos; VI. Aprovechamientos; VII. Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos; VIII. Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones; IX. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones; y X. Ingresos Derivados de Financiamientos.

Cuando esta Ley se haga referencia a: a) Administración Municipal: Se entenderá el aparato administrativo, personal y equipo que tenga a su cargo la prestación de servicios públicos, subordinada del Municipio de San Pablo del Monte.

b) Aprovechamientos: Son los ingresos que percibe el Municipio por funciones de derecho público distintos de: las contribuciones, los ingresos derivados de financiamientos de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación municipal.

c) Ayuntamiento: Es el órgano colegiado del Gobierno Municipal que tiene la máxima representación política que encausa los diversos intereses sociales y la participación ciudadana hacia la promoción del desarrollo.

d) Código Financiero: Se entenderá como Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

e) Congreso del Estado: se entiende por Congreso del Estado de Tlaxcala.

f) Coníferas: Se entenderá como todos los árboles y vegetales que crecen con la forma de cono y que mantienen esa forma a lo largo de su existencia.

g) Comisión: Se entenderá como la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio.

h) CML. COMÚN. Es el costo unitario por metro luz obtenido de la suma de los gastos por el mantenimiento de infraestructura y de los elementos de iluminación, además de los energéticos, de los sitios generales y vialidades secundarias y terciarias o rurales del Municipio que no se encuentren contemplados en CML.

PÚBLICOS, dividido entre el número de luminarias que presten este servicio, el resultado se divide entre la constante de veinticinco metros de distancia interpostal de luminarias de forma estándar.

i) CML. PÚBLICOS. Es el costo unitario por metro luz obtenido de la suma de los gastos por mantenimiento de infraestructura y de los elementos de consumo de energía eléctrica de las áreas de los sitios públicos de acceso general a toda la población, como son parques públicos, bulevares, iluminación de edificios públicos, semáforos, canchas deportivas, iluminaciones festivas, iluminaciones especiales, sustitución de cables subterráneos o aéreos, iluminación de monumentos, energía de las fuentes, dividido entre el número de luminarias correspondiente a este servicio, el resultado se divide entre la constante de veinticinco metros, que corresponde al promedio de distancia interpostal de luminarias de forma estándar.

j) C.O.S.: Coeficiente de ocupación de suelo.

k) CU: Es el costo unitario por los gastos generales del servicio, que se obtiene de la suma de los gastos por administración y operación del servicio, así como las inversiones en investigación para una mejor eficiencia tecnológica y financiera que realice el Municipio, dividido entre el número de sujetos pasivos que tienen contrato con empresa suministradora de energía.

l) C.U.S.: Coeficiente de utilización de suelo.

m) DAP: Derecho de alumbrado público.

n) Derechos: Son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados, cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en las leyes correspondientes.

También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

o) FRENTE: Es la cantidad de metros luz de cara a la vía pública que el predio del sujeto pasivo tenga, siendo aplicable el que se especifica en los 6 bloques anexos correspondiente de esta Ley.

p) Ganado Mayor: Vacas, toros, cerdos, borregos.

q) Ganado Menor: Aves de corral.

r) Ha: Hectárea.

s) Impuestos: Son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

t) Ley de Ingresos de la Federación: Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022.

u) Ley: Ley de Ingresos del Municipio de San Pablo del Monte para el ejercicio fiscal 2022.

v) Ley Municipal: Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

w) Ley de Catastro: Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.

x) MDSIAP: Es el monto de la contribución determinado en moneda nacional, y/o en UMA del derecho de alumbrado público evaluado de forma mensual, en todo el territorio municipal y de acuerdo con el beneficio de cada sujeto pasivo.

y) Municipio: Municipio de San Pablo del Monte.

z) m: Se entenderá como metro lineal.

aa) m²: Se entenderá como metro cuadrado.

bb) m³: Se entenderá como metro cúbico.

cc) Presidencias de Comunidad: Se entenderá como todas las que se encuentren legalmente constituidas en el territorio del Municipio, siendo las siguientes: San Bartolomé, Jesús, San Sebastián, San Pedro, San Isidro, La Santísima, San Nicolás, El Cristo, San Cosme, San Miguel, Santiago, Tlaltepango.

dd) Productos: Son los ingresos por contraprestaciones por los servicios que preste el Municipio en sus funciones de derecho privado.

ee) SARE: Sistema de Apertura Rápida de Empresas.

ff) Tesorería: Tesorería Municipal.

gg) UMA: A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes. Se aplicará la vigente para el ejercicio 2022.

hh) Verticilos: Se entenderá como el conjunto de ramas, hojas, pétalos, u otros órganos que nacen al mismo nivel alrededor de un eje.

ii) VUA: Ventanilla Única de Atención, localizada en la oficina del área de Desarrollo Económico del Municipio.

Artículo 2. Los ingresos mencionados en el artículo anterior se describen en las cantidades estimadas siguientes: Municipio de San Pablo del Monte Ingreso Estimado Ley de ingresos para el Ejercicio Fiscal 2022 Total 214,786,023.76 IMPUESTOS 2,595,000.00 Impuestos sobre los ingresos 0.00 Impuestos sobre el patrimonio 2,200,000.00 Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones 0.00 Impuestos al comercio exterior 0.00 Impuestos sobre nóminas y asimilables 0.00 Impuestos ecológicos 0.00 Accesorios de impuestos 395,000.00 Otros impuestos 0.00 Impuestos no comprendidos en la Ley de Ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

0.00 CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 0.00 Aportaciones para fondos de vivienda 0.00 Cuotas para la seguridad social 0.00 Cuotas de ahorro para el retiro 0.00 Otras cuotas y aportaciones para la seguridad social 0.00 Accesorios de cuotas y aportaciones de seguridad social 0.00 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 250,000.00 Contribuciones de mejoras por obras públicas 250,000.00 Contribuciones de Mejoras no Comprendidas en la Ley de Ingresos vigente, causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

0.00 DERECHOS 14,836,857.00 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 0.00 Derechos por prestación de servicios 14,279,155.00 Otros derechos 100,000.00 Accesorios de derechos 457,702.00 Derechos no comprendidos en la Ley de Ingresos vigentes, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0.00 PRODUCTOS 337,085.00 Productos 337,085.00 Productos no Comprendidos en la Ley de Ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

0.00 APROVECHAMIENTOS 5,000.00 Aprovechamientos 0.00 Aprovechamientos Patrimoniales 0.00 Accesorios de Aprovechamientos 5,000.00 Aprovechamientos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en Ejercicios Fiscales Pendientes de Liquidación o Pago.

0.00 INGRESOS POR VENTA DE BIENES, PRESTACIÓN Y OTROS INGRESOS 0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de instituciones públicas de seguridad social

0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de empresas productivas del Estado 0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de entidades paraestatales y fideicomisos no empresariales y no financieros.

0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de entidades paraestatales empresariales no financieros con participación estatal mayoritaria.

0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de entidades paraestatales empresariales financieras con participación estatal mayoritaria

0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de entidades paraestatales financieras no monetarias con participación estatal mayoritaria

0.00 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de fideicomisos...

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