Medidas Positivas y Compensatorias a Favor de la Igualdad de Oportunidades

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas946-949
XVI. Limitar la libre expresión de las ideas, impedir la libertad de pen-
samiento,c onciencia o religión, o de prácticas o costumbres religiosas,
siempre que éstas no atenten contra el orden público;
XVII. Negar asistencia religiosa a personas privadas de la libertad,
que presten servicio en las fuerzas armadas o que estén internadas en
instituciones de salud o asistencia;
XVIII. Restringir el acceso a la información, salvo en aquellos supues-
tos que sean establecidos por las leyes nacionales e instrumentos jurí-
dicos internacionales aplicables;
XIX. Obstaculizar las condiciones mínimas necesarias para el creci-
mientoy desarrollo saludable, especialmente de las niñas y los niños;
XX. Impedir el acceso a la seguridad social y a sus beneficios o esta-
blecer limitaciones para la contratación de seguros médicos, salvo en
los casos que la ley así lo disponga;
XXI. Limitar el derecho a la alimentación, la vivienda, el recreo y los servi-
ciosde atención médica adecuados, en los casos que la ley asílo prevea;
XXII. Impedir el acceso a cualquierservicio público o institución priva -
da que preste servicios al público, así como limitar el acceso y libre des-
plazamiento en los espacios públicos;
XXIII. Explotar o dar un trato abusivo o degradante;
XXIV.Restringir la participación en actividades deportivas, recreativas
oculturales;
XXV.Restringir o limitar el uso de su lengua, usos, costumbres y cultu-
ra, en actividades públicas o privadas, en términos de las disposiciones
aplicables;
XXVI. Limitar o negarel otorgamiento de concesiones, permisos o au-
torizaciones para el aprovechamiento, administración o usufructo de
recursosnaturales, una vez satisfechos los requisitos establecidos en la
legislación aplicable;
XXVII. Incitar al odio, violencia, rechazo, burla, difamación, injuria,
persecución o la exclusión;
XXVIII. Realizaropromoverelmaltratofísicoopsicogicoporlaapa
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riencia física, forma de vestir, hablar, gesticular o por asumir pública-
mente su preferencia sexual; y
XXIX. En general cualquier otra conducta discriminatoria en términos
del artículo 4o. de esta ley.
LFPED-MEDIDAS DE IGUALDAD
CAPITULO III
Medidas Positivas y Compensatorias a Favor
de la Igualdad de Oportunidades
Entidades y autoridades. Medidas a favor de igualdad de oportu-
nidades para las mujeres
10.- Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito
de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas
positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades
para las mujeres:
10.- LFPED-MEDIDAS DE IGUALDAD 946

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