Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

FIDEICOMISO DE RECUPERACIÓN CREDITICIA DEL DISTRITO FEDERAL

LIC. MARÍA YSAURA MORENO ALAMINA, DIRECTORA GENERAL DEL FIDEICOMISO DE RECUPERACIÓN CREDITICIA DEL DISTRITO FEDERAL FIDERE III, de conformidad con las Atribuciones establecidas en el Manual Administrativo en su parte Organizacional del Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal FIDERE III y el Artículo 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y con Fundamento en el Numeral 2.4.6.7 de la Circular de la Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, se expide con número de registro ME-09FRC-02/13 el siguiente:

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS

ÍNDICE

  1. PRESENTACIÓN

  2. ANTECEDENTES

  3. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

  4. OBJETO GENERAL

  5. INTEGRACIÓN

  6. ATRIBUCIONES

  7. FUNCIONES

  8. POLÍTICAS DE OPERACIÓN

  9. ORGANIGRAMA

  10. GLOSARIO DE TÉRMINOS

  11. PROCEDIMIENTO DE CASOS

  12. ANEXOS

  13. FIRMAS DE VALIDACIÓN

    1. PRESENTACIÓN

    El dinamismo en las operaciones que realiza el FIDERE III en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de la prestación de servicios de cualquier naturaleza, exige que los ordenamientos legales y las disposiciones administrativas respondan a principios de simplificación administrativa y a transparencia en las propias contrataciones.

    De conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y en apego a lo ordenado por su Reglamento, se elaboro el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios del FIDERE III.

    El presente manual busca consumar las acciones destinadas a la utilización racional y transparente de los recursos destinados a este Fideicomiso, con lo cual se permite mejorar la actuación de los servidores públicos integrantes del Subcomité y de los responsables de las contrataciones, de forma tal que se asegure, el cumplimiento de los principios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez, permitiendo que ejerzan su capacidad resolutiva de una manera rápida y eficaz.

    2 ANTECEDENTES

    En el "Decreto Mediante el que se Reglamentan las Compras de las Dependencias del Ejecutivo Federal" al que puede considerarse la primera regulación formal y precisa en materia de adquisiciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2 de febrero de 1944, se encuentra el primer antecedente de los actuales Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios; integrados como Órganos Colegiados para determinar las acciones conducentes a la optimización de los recursos, para contribuir al cumplimiento de las metas establecidas en estas materias y al cumplimiento de las disposiciones aplicables.

    En el citado decreto se determinó la creación de la Comisión Coordinadora de Compras, a la cual se encargaron los aspectos técnicos y de dirección en materia y en síntesis; conocer de las previsiones del consumo; la planeación de la centralización del abasto; la integración, la dirección y control de compras consolidadas; y tuvo a su cargo, la emisión de políticas y procedimientos en la materia; la formulación de catálogos sobre normas de calidad y precio; y la elaboración de un directorio de proveedores; dando origen a la regulación de este rubro.

    La primera aparición de los Órganos Colegiados; representados como Comités de Compras, se encuentra en el artículo 5°, fracción IV, de la 2ª Ley de Inspección de Adquisiciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1972, vigente hasta el 31 de diciembre de 1979, en la que determinó que la Secretaria del Patrimonio Nacional promovería la creación de los Comités en cada una de las Entidades, quedando a su cargo la aplicación de las medidas que en materia de adquisiciones dictará la propia Secretaría.

    Posteriormente, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Almacenes publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1979, en su artículo 4°, fracción VII, estableció, que la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial, promovería la creación de Comités en las Dependencias, o con la

    De igual forma, el "Acuerdo que Fija los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Compras y de las Comisiones Consultivas Mixtas de Abastecimiento de l3a Administración Pública Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1980, emitido por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, determinó la obligación de crear tales Órganos en cada Dependencia o Entidad, considerando que su integración contribuiría a la elaboración y vigencia de las normas que regían las adquisiciones y ejercerían control para que se realizarán conforme a la Ley.

    En febrero de 1982, entro en vigor el "Instructivo para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Compras de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal", en el que se establecieron las reglas para la organización de estos Cuerpos Colegiados. El Catalogo de sus facultades se encontraba restringido por autorizaciones previas de la Secretaria de Comercio, reduciendo su actuación a la aplicación de las normas y la dictaminación de políticas internas de orden menor.

    Con la publicación de las "Primeras Normas Complementarias sobre Adquisiciones y Almacenes" se delega en los Comités de Compras una serie de facultades para la toma de decisiones en materia de adquisiciones, emitiéndose un nuevo instructivo con las adecuaciones correspondientes por la entonces Secretaria de Programación y Presupuesto, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de octubre de 1983, mediante el cual se constituyeron en Órganos de decisión, y vigilante del cumplimiento de las normas sobre adquisiciones y generadores de directrices y políticas internas.

    La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios relacionados con Bienes Muebles, publicada en la Gaceta Oficial de la Federación el 8 de febrero de 1985, retoma los conceptos de la Ley anterior y en su artículo 15

    establece la obligación de constituir Comités, cuyo objeto sería determinar las acciones destinadas a la optimización de los recursos que se destinen a las adquisiciones, arrendamientos y servicios; intervenir en el cumplimiento de la Ley y demás disposiciones aplicables, y al cumplimiento de las metas establecidas.

    Mediante reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1988, se les da mayor flexibilidad, fortaleciéndose en su objeto, es de determinar las acciones para la optimización de los recursos que se destinen a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, interviniendo al cumplimiento de la legislación aplicable para que se cumplan las metas institucionales.

    Con la publicación del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 1990, se terminó con la innumerable reglamentación existente en materia de adquisiciones y se definieron las funciones de los Comités, reiterando las necesidad de que a través de ellos, se lograra la optimización de los recursos destinados a las adquisiciones, se propiciara y fortaleciera la comunicación con los proveedores, como lo ordena la ley vigente, precisando que sería la Secretaria de Programación y Presupuesto la que en el ámbito de sus atribuciones, emitiría las bases de integración y funcionamiento de los mismos.

    El "Acuerdo que establece las Bases de Integración y Funcionamiento de los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Relacionados con los Bienes Muebles y de las Comisiones Consultivas Mixtas de Abastecimiento de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal" publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 1990, vino a regular el artículo 8 del citado Reglamento, dando pie a la integración de los Órganos Colegiados, estableciéndose que estas bases estarían vigentes hasta el momento en que la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo emitiera otras, de conformidad con la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.

    Con fecha 28 de septiembre de 1998, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, misma que fue reformada el 24 de diciembre del mismo año, documento que constituye el primer ordenamiento jurídico a nivel local que regula las materias de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, el cual dentro de su articulado, contempla la integración y funcionamiento de Comités y Subcomités de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de las Entidades.

    Con la publicación del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de septiembre de 1999, el Comité de Adquisiciones, en su cuarta sesión ordinaria celebrada el 14 de marzo del año 2000, aprueba de nueva cuenta su Manual de Integración y sustituye al Manual del mismo nombre de fecha 3 de julio de 1995.

    3 MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (15/10/2012).

    Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. (28/01/2011).

    Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. (06/07/2012).

    Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. (07/04/2011).

    Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. (31/12/2012).

    Código Fiscal del Distrito Federal. (31/12/2012).

    Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. (15/10/2012).

    Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. (16/10/2007).

    Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. (03/08/2010)

    Reglas para Fomentar...

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