Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Diciembre de 1994 (Tesis num. 1a./J. 20/94 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-12-1994 (Contradicción de Tesis))

Número de registro206096
Número de resolución1a./J. 20/94
Fecha de publicación01 Diciembre 1994
Fecha01 Diciembre 1994
Localizador8a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; 84, Diciembre de 1994; Pág. 15
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley de Amparo, el efecto jurídico de la sentencia que otorgue el amparo al quejoso o agraviado es el de restituirlo en el uso o goce de la garantía individual que le fue violada o transgredida; es decir volver la situación al estado que tenía antes de la violación cometida por la responsable, lo que significa que esta sentencia nulifica el acto reclamado y los subsecuentes que de él se deriven; en consecuencia, la concesión del amparo respecto de un auto de formal prisión que contenga violaciones formales debe ser lisa y llana y no para efectos.

Contradicción de tesis 3/94. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo del Vigésimo Primer Circuito, Tercero del Sexto Circuito y Segundo del Quinto Circuito y la sostenida por el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito. 7 de noviembre de 1994. Unanimidad de cinco votos. Ponente: V.A.G.. Secretario: J.L.S.B..


Tesis de Jurisprudencia 20/94. Aprobada por la Primera Sala de este alto Tribunal, en sesión de veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Presidenta V.A.G., L.F.D., I.M.C. y M.G., C.G. de L. y S.A.L..

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