Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Octubre de 2000 (Tesis num. 1a. XVIII/2000 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2000 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XVIII/2000 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2000 |
Fecha | 01 Octubre 2000 |
Número de registro | 191061 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XII, Octubre de 2000; Pág. 250 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
El término "retención" a que se refiere el artículo 177, fracción I, de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, se emplea como sinónimo de "recaudación". Así, la calidad de retenedor debe concebirse como la obligación de llevar a cabo la recaudación consignada en las leyes fiscales, la cual consiste en que la persona obligada debe recaudar o recibir el pago del tributo y enterarlo al fisco. En ese tenor, una vez que el hecho generador del tributo se actualiza, los retenedores o recaudadores, en términos del artículo 177, fracción II, de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, son responsables solidarios con los contribuyentes; en tal virtud, en caso de incumplimiento del huésped, obligado principal, por falta de pago del impuesto por uso del servicio de hospedaje, que implica el incumplimiento en la retención o recaudación por parte del hotelero, prestador del servicio, éste debe pagar, pues la responsabilidad solidaria tiene como finalidad el cumplimiento del retenedor y, por tanto, la certeza en la recaudación del tributo, porque éste en realidad se genera al actualizarse el supuesto de hecho o derecho previsto en la ley. Luego, la exigencia al prestador de servicios como retenedor tiene su justificación en el imperativo de contribuir al gasto público, previsto precisamente en el artículo 31, fracción IV, constitucional.
Amparo en revisión 2561/97. Hotel Royal Courts, S.A. de C.V., propietario del Hotel Best Western Royal Courts. 26 de abril de 2000. Cinco votos. Ponente: J.V.C. y C.. Secretario: T.Á.E..
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Ejecutoria num. 58/2011 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-05-2013 (AMPARO EN REVISIÓN)
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-11-2012 (AMPARO EN REVISIÓN 58/2011)
...Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XII, Octubre de 2000. Tesis: 1a. XVIII/2000. Página: Asimismo, cobra aplicación en la especie el reciente criterio sustentado por este Tribunal Pleno al emprender el análisis de constitucionalida......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-06-2003 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 706/2003)
...en que la persona obligada debe recaudar o recibir el pago del tributo y enterarlo al fisco. Resulta aplicable por analogía, la Tesis: 1a. XVIII/2000, Primera Sala, Novena Época, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo: XII, Octubre de 2000, , Página: 250, que “HOSPEDAJE, IMPU......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...Constitucional, Administrativa. Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente: S.J. de la Federación y su G., XII, octubre de 2000, tesis 1a. XVIII/2000, página Máxime que los contribuyentes pueden controvertir las leyes tributarias a partir de su entrada en vigor y/o desde la aplicación qu......