Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 1999 (Tesis num. P./J. 2/99 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-1999 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 194619 |
Número de resolución | P./J. 2/99 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 1999 |
Fecha | 01 Febrero 1999 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; IX, Febrero de 1999; Pág. 287 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
El hecho de que la norma general impugnada haya iniciado su vigencia o se haya llevado a cabo el primer acto de aplicación de la misma antes de su publicación, resulta irrelevante para efectos del cómputo para la interposición de la acción de inconstitucionalidad, ya que conforme a los artículos 105, fracción II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 60 de la ley reglamentaria de las fracciones I y II del precepto constitucional citado, el plazo para promoverla es de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al en que la ley cuya invalidez se reclama fue publicada en el medio oficial correspondiente.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 1/98. Diputados integrantes de la XLVII Legislatura del Congreso del Estado de Morelos. 20 de octubre de 1998. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.N.S.M.. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: J.A.G.Á..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintiocho de enero en curso, aprobó, con el número 2/1999, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de enero de mil novecientos noventa y nueve.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-10-2012 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 35/2011)
...naturales contados a partir del día en que la norma impugnada inició su vigencia. Sirve de apoyo a lo anterior la tesis de jurisprudencia P./J. 2/99 emitida por este Tribunal Pleno10 que dice: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL PLAZO PARA INTERPONERLA ES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PU......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-01-2004 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 6/2003)
...para tal efecto. Corrobora la conclusión alcanzada el criterio sustentado por este Tribunal Pleno, contenido en la tesis jurisprudencial P./J. 2/99, visible a fojas doscientas ochenta y siete, tomo IX, febrero de mil novecientos noventa y nueve, Novena Época del Semanario Judicial de la Fed......
-
Ejecutoria num. 144/2019 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-12-2021 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...contados a partir del día siguiente al en que la ley cuya invalidez se reclama fue publicada en el medio oficial correspondiente" (Tesis P./J. 2/99, emitida por el Tribunal Pleno, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo IX, Febrero de 1999, página 287) y "ACCIÓ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-11-2013 (RECURSO DE RECLAMACIÓN EN ACCIONES DE INCONST. 36/2013-CA)
...Novena Época; Pleno; Tomo XII, Agosto de 2000; Tesis: P./J. 66/2000; P.. 483. Resulta igualmente aplicable la tesis de jurisprudencia P./J. 2/99 de rubro: “ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL PLAZO PARA INTERPONERLA ES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN OFICIAL DE LA NORMA IMPUGNAD......
-
La acción de inconstitucionalidad como parte del derecho procesal constitucional
...Tratados de 23 de mayo de 1969 [34] Brague Camazano, Joaquín opus cit, p. 203 [35] Brague Camazano, Jorge opus cit, p.p 204-205 [36] Tesis P./J 2/99 Semanario de la Federación, 9 época, Tomo IX, Febrero 1999, p. 287 [37] Carpizo, Jorge “Nuevos estudios constitucionales”, 6º ed., UNAM, Méxic......