De los Instrumentos de Registro y Expedientes de Control para el Servicio de Asesoría Jurídica

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1077-1078

Instrumentos de registro en el servicio de asesoría jurídica

ARTÍCULO 43

En el servicio de asesoría jurídica se utilizan como instrumentos de registro, los siguientes:

I. Libro de gobierno.- En el cual el asesor jurídico asienta en orden numérico y consecutivo, los datos principales de los asuntos en que interviene, precisando las modalidades del servicio, ya sea orientación, asesoría o representación;

II. Libro de índice de asesorados.- Contiene los datos de los usuarios en todas las modalidades del servicio, ordenados alfabéticamente por apellidos, así como el acuse de entrega de las tarjetas informativas en los casos de representación;

III. Agenda oficial de actividades.- En la que se anotan la fecha y hora de las diligencias, así como las citas de carácter oficial en que deba estar presente;

IV. Tarjeta informativa.- Contiene los datos y obligaciones del asesor, así como el área correspondiente del Instituto donde se pueden presentar quejas o inconformidades, y debe ser entregada al destinatario del servicio a partir de que éste sea legalmente representado, o a sus familiares en los casos que se estime necesario; y

V. Libro de trabajo social.- Se utiliza para llevar un control y registro de los estudios socioeconómicos que se ordenen practicar.

Documentos que integran los expedientes de control para el servicio de asesoría jurídica

ARTÍCULO 44

Los expedientes de control para el servicio de asesoría jurídica se integran con los documentos siguientes:

I. Solicitud del servicio.- Contiene los datos generales del peticionario y describe de manera sucinta el motivo por el cual acude al instituto;

II. Reporte inicial.- En el cual el asesor jurídico informa a la dirección o delegación correspondiente sobre las orientaciones, asesorías y representaciones, debiendo contener el nombre del peticionario y sus datos generales, así como el tipo de asunto planteado;

III. Oficio de canalización.- Se elabora cuando, al proporcionar el servicio en la modalidad de orientación, el asesor jurídico remite al solicitante a la institución que deba darle atención jurídica gratuita;

IV. Dictamen técnico.- Se emite por el asesor jurídico en la modalidad de asesoría, después de analizar las manifestaciones y documentación que aporte el solicitante, determinando la competencia del instituto y la inviabilidad del patrocinio legal;

V. Planteamiento de representación.- Se elabora cuando el solicitante es destinatario del servicio, o inmediatamente después de que...

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