Resolución de Inicio

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1376-1376

ARTÍCULO 125.

Datos adicionales que deberá contener la resolución de inicio

Además de los datos señalados en el artículo anterior, la resolución de inicio deberá contener:

I. Una convocatoria a las partes interesadas, y a los gobiernos extranjeros, a efecto de que comparezcan a manifestar lo que a su derecho convenga;

II. El plazo en que dictará la resolución que imponga las medidas de salvaguarda que correspondan;

III. El periodo para el ofrecimiento y, en su caso, desahogo de pruebas;

IV. Fecha, hora y lugar en que deberá celebrarse la audiencia pública y la...

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