Disposiciones Generales

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1373-1376

ARTÍCULO 118.

Solicitud de inicio de investigación en materia de salvaguarda

La solicitud de parte interesada por la que se inicie una investigación administrativa en materia de salvaguarda, además de presentarse por escrito y de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 50 de la Ley, contendrá lo siguiente:

I. La autoridad administrativa competente ante la cual se promueva;

II. Su nombre o razón social y domicilio y, en su caso, de su representante, acompañando la documentación que lo acredite;

III. Actividad principal a la que se dedica;

IV. Volumen y valor de la producción nacional del producto idéntico, similar o directamente competitivo al de importación;

V. Descripción de su participación, en volumen y valor, dentro de la producción nacional;

VI. En su caso, los miembros de la organización a la que pertenezca, indicando el número de ellos y acompañando los elementos que demuestren la participación porcentual que tengan las mercancías que producen en relación con la producción nacional;

VII. Los fundamentos legales en que se sustenta;

VIII. Descripción de la mercancía de cuya importación se trate, acompañando las especificaciones y elementos que demuestren su calidad comparativamente con la de producción nacional y, los demás datos que la individualicen; el volumen y valor que se importó con base en la unidad de medida correspondiente y su clasificación arancelaria conforme a la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación;

IX. Nombre o razón social y domicilio de quienes efectuaron la importación aclarando si se realizó en una o varias operaciones;

X. Nombre del país o países de origen o de procedencia de la mercancía, según se trate, y, el nombre o razón social de la persona o personas que hayan realizado la exportación;

XI. Análisis de la posición competitiva de la producción nacional que representa;

XII. El programa de ajuste que se instrumentará en caso de imponerse una medida de salvaguarda, y su viabilidad;

XIII. Descripción de los hechos y datos que demuestren que la causa única o principal de daño serio o amenaza de daño serio a la producción nacional de la mercancía idéntica, similar o directamente competitiva a la importada es el aumento sustancial de las importaciones, y

XIV. En su caso, descripción de solicitudes de otras medidas de regulación o restricción comercial en relación a la mercancía objeto de la solicitud.

La solicitud a que se refiere este artículo deberá consignar la firma autógrafa del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR