Glosario

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Las def‌iniciones de términos se escriben con letra normal; la cursiva se usa para
explicación de términos que tienen un signif‌icado específ‌ico en ciertas partes
del Código o para referencias a los términos descritos en el Código.
Actividad profesional. Aquélla que requiere habilidades contables o relaciona-
das, desempeñadas por el Contador Público en cualquier ámbito profesional,
incluyendo servicios de contabilidad, auditoría, impuestos, consultoría admi-
nistrativa y de administración f‌inanciera.
Amenazas. Hechos y circunstancias que ponen en riesgo el cumplimiento de los
principios fundamentales de la ética profesional.
Este término se describe en el párrafo 120.6E3
Auditoría. En la Parte 4A, el término “auditoría” aplica igualmente para “revisión”
Cliente de atestiguamiento. La persona (o personas) que:
a) En un trabajo de informe directo es la parte responsable de la materia
objeto del trabajo; o
b) En un trabajo de aseveración es la parte responsable de la información
de la materia objeto del trabajo y puede ser responsable de la materia
objeto del trabajo.
Cliente de auditoría. Una entidad para la cual una f‌irma conduce un trabajo
de auditoría. Cuando el cliente es una entidad que cotiza en bolsa, el cliente de
auditoría incluirá siempre a sus entidades relacionadas. Cuando el cliente de
auditoría no es una entidad que cotiza en bolsa, el cliente de auditoría incluye a
aquellas entidades relacionadas sobre las cuales el cliente tiene control directo
o indirecto. Ver párrafo R400.20
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