Funciones de los integrantes del comité, del subcomité y de la comisión

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ARTÍCULO 40.

Los integrantes del Comité, del Subcomité y de la Comisión tendrán las siguientes funciones:

I. Asistir a las sesiones en los términos de la convocatoria que les haya sido notificada;

II. Analizar, respectivamente los asuntos turnados al Comité, al Subcomité o a la Comisión y formular las observaciones y propuestas que consideren necesarias para lograr el cometido que se les haya asignado;

III. Emitir, en su caso, su voto en los asuntos sometidos a su consideración;

IV. Firmar las actas correspondientes a las sesiones a las que hayan asistido; y

V. Desempeñar, respectivamente las actividades que al efecto les sean asignadas por el Comité, el Subcomité o la Comisión, de conformidad con la normatividad aplicable.

ARTÍCULO 41.

Los integrantes del Comité tendrán las siguientes funciones específicas:

1. DEL PRESIDENTE

I. Autorizar el orden del día de las reuniones ordinarias y extraordinarias;

II. Convocar a las sesiones del Comité;

III. Presidir y dirigir las reuniones del Comité;

IV. Coordinar el seguimiento de las acciones, medidas y recomendaciones emitidas por el Comité, contribuyendo al cumplimiento eficaz de las mismas;

V. Orientar las sesiones, acuerdos, medidas y resoluciones del Comité a los criterios de transparencia e imparcialidad que deban concurrir al resolver las Quejas Médicas y/o Solicitudes de Reembolso;

(R) VI. Coordinar la supervisión del cumplimiento a los acuerdos y resoluciones emitidos por el Comité. (DOF 18/12/12)

VII. Firmar las resoluciones que emanen del Comité; y

(R) VIII. Presentar el informe semestral al Director General del Instituto acerca de los resultados de la actuación del Comité; y (DOF 18/12/12)

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(A) IX. Las demás que le encomiende el Comité de conformidad con la normativa aplicable. (DOF 18/12/12)

  1. DEL SECRETARIO EJECUTIVO

    I. Analizar los documentos sobre los asuntos a tratar, así como emitir los comentarios que estime pertinentes;

    II. Gestionar acciones preventivas y correctivas ante los responsables de las Unidades Médicas del Instituto, derivado de las resoluciones tomadas por el Comité, para mejorar la atención médica al Derechohabiente y No Derechohabiente y abatir el número de Quejas Médicas y/o Solicitudes de Reembolso;

    III. Firmar conjuntamente con el Presidente del Comité las resoluciones que emanen del mismo; y

    IV. Las demás que le encomiende el Comité de conformidad con la normatividad aplicable.

    3. DEL SECRETARIO TECNICO

    I. Realizar el análisis de los...

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