Federalismo cooperativo

El federalismo cooperativo implica que tanto el gobierno federal como los gobiernos provinciales colaboran sostenidamente, cada uno en su zona competencial, poniendo en común sus respectivas facultades y recursos para la realización de determinados fines.

El régimen de distribución de competencias no se discute; cada quien conserva las suyas.

Pueden distinguirse dos tipos de cooperación: Federación-estados, en que cada uno, dentro de sus respectivas competencias, realiza proyectos en común. La cooperación horizontal se da exclusivamente entre los estados sin intervención de la Federación.

Gamas Torruco, José, Derecho constitucional mexicano. Teoría de la Constitución. Origen y desarrollo de las Constituciones mexicanas. Normas e instituciones de la Constitución de 1917, Porrúa, México, 2001, p. 267.

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