Fechas de cumplimiento

AutorMiguel Angel Hernández Yescas - Mónica Isela Galindo Cosme - Jesús Hernández Rodríguez
Páginas113-119

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1. Antecedentes

El CFF establece la obligación de entregar información contable, pero sin establecer de manera precisa lo siguiente:

A. La fecha de vigencia para entregar la información contable, dejando al SAT el señalamiento del inicio de la obligación.

B. Calendario de entrega de información.

C. Qué documentación precisamente se tiene que entregar.

1.1. Entrada en Vigor para entregar la "información contable"

El CFF establece que para el ingreso de la información contable en la página del SAT, tanto el RCFF como la RMF, deberán prever la entrada en vigor escalonada53.

A partir del 4 de julio del año 2014 se han realizado varias publicaciones en el DOF54 que han mostrado las dificultades a que se enfrenta el SAT para la implementación; aún más, se estableció por LIF 2015 la obligación del SAT de dar a conocer un calendario para la entrega de la información, pero dicho calendario no fue dado a conocer, y en diversas publicaciones, tanto del DOF como de la página del SAT, se ha cambiado el plazo final para el primer cumplimiento, con el argumento de dar a los contribuyentes mayor plazo para la preparación de la información55.

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1.2. Entrega Ordinaria de la Balanza de Comprobación

La entrega mensual, cuando ya funcione el sistema, queda de la siguiente forma:

1.2.1. Personas físicas y morales

Año 2015

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Los días 2 y 3 de abril de 2015 se consideran inhábiles, por lo que la entrega del mes de febrero, se recorre al martes 7 de abril de 2015 y por lo tanto para las personas físicas, la fecha correspondiente se recorre al jueves 9 de abril de 2015.

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Año 2016

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El problema que vemos en este calendario es la entrega de la información del mes de enero en el mes de marzo, debido a que muchos contribuyentes posiblemente no tienen saldos iniciales que reflejen el cierre. Comprendemos que la balanza de diciembre no tenga el efecto del referido cierre y por ello, se entrega la balanza del mes trece, pero enero sí debe reflejarlo, por lo que consideramos la posibilidad de que haya cambios al respecto.

1.2.2. Contribuyentes emisores de valores que coticen en las bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en las bolsas de valores ubicadas en los mercados reconocidos

Enviarán la información en archivos mensuales por cada trimestre, a más tardar en la fecha señalada en el cuadro anexo:

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1.2.3. AGAPES

Personas morales y físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que hayan optado por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral por virtud de lo cual se establece una Resolución de Facilidades Administrativas, podrán enviar su información contable de forma semestral:

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